¿Has solicitado ya la ayuda de hasta 5.000 euros por contratar nuevos trabajadores?

09 Marzo 2015

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El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado las nuevas ayudas a las que pueden tener acceso los autónomos madrileños y que tiene como fin el fomento de la contratación de empleados en esta Comunidad.

Son numerosas las dudas que han surgido desde que el pasado mes de febrero la Comunidad de Madrid aprobara estas ayudas. ¿A quién van dirigidas? ¿A qué tipo de contratos afectan? Las ayudas aprobadas por el gobierno madrileño subvencionan tanto determinados gastos del desempleado que se diera de alta como trabajador autónomo, como la contratación de desempleados por parte de autónomos para centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid; pueden solicitarse desde el pasado seis de febrero y se conceden diferentes cantidades según el tipo de contrato que se realice y a quién vaya dirigido.

Así, explican desde el área de Derecho Laboral de Legálitas, aquellos autónomo que en este 2015 realicen un contrato temporal de al menos seis meses de duración tendrán derecho a una ayuda de 2.500 €. Si el contrato temporal se firma con una mujer, un desempleado mayor de 45 años o un desempleado de larga duración, la cuantía de la ayuda asciende a 3.500 euros. Si se opta por un contrato indefinido, la ayuda es de 4.000 euros, ampliables a 5.000 si el desempleado es mujer, mayor de 45 años o desempleado de larga duración. Estas cantidades podrán aumentarse un 10% si la persona contratada es víctima de violencia de género.

El autónomo que se decida a contratar este 2015 y solicitar la ayuda que ofrece la comunidad de Madrid, podrá presentar hasta tres contratos de trabajo para beneficiarse por cada uno de ellos de las subvenciones anteriormente mencionadas.

Otra duda generalizada entre los autónomos es si tienen derecho a solicitar esta ayuda si el contrato se formalizó antes de entrar en vigor este plan de ayudas del Gobierno madrileño. La respuesta es sí, ya que tiene carácter retroactivo y está vigente para todos aquellos contratos de trabajo firmados por autónomos a partir del 1 de enero del año 2015.

Existen otras ayudas y subvenciones, de carácter regional y nacional de las que pueden disfrutar los autónomos este 2015: Bonificación para trabajadores autónomos que cesen la actividad por encontrarse de baja por maternidad, Reducción en la cuota de autónomos para incorporados al RETA, Líneas ICO Comercio Interior, etc.

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