¿Eres uno de los afectados por el APR de Ópera?

31 Enero 2016

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Durante este mes de Enero, están llegando numerosas sanciones del Área de Prioridad Residencial de Ópera (Madrid) y, aunque recientemente se ha informado desde los medios de comunicación la posibilidad de que se anulen todas las sanciones, en uno de los comunicados del propio Ayuntamiento de Madrid expone solo "que la posible revisión de sanciones se aplica a las multas emitidas de forma errónea en Letras, Cortes y Embajadores", por lo que, no afectaría a la APR de Ópera, que entró en vigor el 1 de noviembre y que ha supuesto que los ciudadanos empiecen a recibir en Enero sanciones que cometieron en Noviembre, por lo que si el acto de pasar por esa zona ha sido recurrente estamos encontrándonos casos de cuantías elevadas.
 
Por ello, debemos recordar que tenemos un plazo de 20 días naturales desde que recibimos las notificaciones, por lo que, en estos momentos es importante estar pendiente de las decisiones que vaya a adoptar el propio Organismo para saber si finalmente van a proceder a revisarlas o bien, continuarán con la tramitación de los expedientes. Asimismo, en aras de defensa debemos recordar que, uno de los motivos por los que unas alegaciones pueden ser estimadas es porque haya transcurrido un excesivo plazo entre que se cometió la infracción y se notifica la misma. En este caso, ese concepto recibe el nombre de prescripción y, en este tipo de infracciones es de 3 meses, por lo que debemos tener muy en cuenta.
 
Asimismo, Leganitos 24 es el lugar donde mayor número de multas se han puesto por este tipo de sanción en noviembre de 2015, el primer mes de la puesta en marcha del sistema sancionador en la nueva área de prioridad residencial (APR) de Ópera.
 
Finalmente, el Ayuntamiento de Madrid ha habilitado una dirección de correo electrónico aprmovilidad@madrid.es para que los ciudadanos que se hayan visto afectados puedan contactar con el Consistorio. Si bien es cierto que, esta vía en ningún caso paraliza el plazo de 20 días naturales para presentar alegaciones, por lo que siempre aconsejamos actuar dentro del plazo de 20 días ante la propia notificación.

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