¿Qué hacer si entran a robar en casa?

02 Agosto 2022

FacebookwhatsappLinkedInEmail

Si al entrar en casa vemos que han forzado la cerradura y nos han robado, el primer impulso natural es entrar en la vivienda para ver si falta algo, pero conviene no hacerlo ya que podemos alterar las pruebas que sirvan a las fuerzas de seguridad a llegar al autor de los hechos. Desde Legálitas te contamos qué hacer si entran a robar en tu casa.

                                                                                                        

Qué hacer ante un robo en casa

En primer lugar, hay que llamar cuanto antes a la Policía, o a la Guardia Civil. Además, es importante no tocar nada y no cerrar ventanas ni puertas, manteniéndolo todo como lo hemos encontrado. 

Conviene poner la denuncia en el plazo de 72 horas desde que se percibe la falta de objetos o se sospecha que alguien ha entrado en la vivienda. El denunciante tendrá que probar que es el dueño de la casa o el inquilino, así que deberá mostrar la documentación que lo acredite en el momento de interponer la denuncia.

La denuncia es necesaria para justificar el robo. La denuncia se interpone en la Policía Nacional, Guardia Civil o ante el Juzgado de Instrucción de guardia del lugar de los hechos, donde la víctima explicará con todo detalle todo lo acontecido. Es conveniente acompañar a nuestra denuncia todas las pruebas de cargo que tengamos en nuestro poder, como por ejemplo un listado de todos los bienes sustraídos, enumerar los daños sufridos, aportar las facturas en caso de tenerlas aún en nuestro poder, una valoración de los bienes o presupuestos de sustitución o reparación, aportar fotografías, datos de posibles testigos, grabaciones, etc.

Con esta denuncia la víctima puede acudir a la aseguradora de la vivienda para que le arregle los desperfectos o le devuelva el valor de los objetos robados, en caso de tener contratado un seguro de hogar o de robo. 


¿Me cubre el seguro el robo en el hogar?

No todos los seguros del hogar incluyen una póliza de robos. El tomador, en el momento de firmar, tiene que conocer las coberturas con las que cuenta y ampliarlas si lo considera necesario. Algunos seguros son muy básicos y sólo incluyen los daños sobre el continente (la cerradura, las ventanas, las paredes) sin cubrir el contenido (joyas, electrodomésticos).

Además, si faltan tarjetas de crédito o cheques hay que ponerse de inmediato en contacto con el banco para anularlo y bloquear el uso de las cuentas y depósitos.

Algo similar ocurre con los ordenadores, móviles con Internet, pendrives o discos duros. La cantidad de información que dan sobre su propietario, -direcciones o teléfonos confidenciales, fotografías, documentos escaneados, nivel económico, seguros contratados- permitirían suplantar la personalidad con facilidad, por lo que es necesario comunicarlo con rapidez a la entidad bancaria, así como a las empresas y a las personas que pudieran verse afectadas, además de haber puesto la denuncia.

Castigo por robar en una vivienda


El robo en casa habitada se castiga en el artículo 241 del Código Penal con penas que van de dos a cinco años de prisión y el condenado también deberá indemnizar a la víctima por todos los daños y perjuicios que haya causado con su acción, además de las costas procesales, es decir, los gastos de abogado y procurador contratados para ejercer la acusación particular.

 

Si quieres más información sobre el allanamiento de morada y las penas que conlleva, te recomendamos este artículo.

Referencia legal:

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

FacebookwhatsappLinkedInEmail

¿Te ayudamos a elegir?

Descubre en 1 minuto el plan que mejor se adapta a ti.

Empezar ahora

Artículos recientes