¿Qué documentos se necesitan para interponer el proceso monitorio?
21 Marzo 2014


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Se deben acompañar documentos, cualquiera que sea su forma y clase o soporte físico, que aparezcan firmados por el deudor o con su sello, impronta o marca o con cualquier señal, física o electrónica, o bien facturas, albaranes de entrega, certificaciones, telegramas, telefax o cualesquiera otros documentos que, aun unilateralmente creados por el acreedor, sean de los que habitualmente documentan los créditos y deudas en relaciones de la clase que aparezca existente entre acreedor y deudor.
Referencia Legal
- Art.812 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

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