¿Por qué suelen hacer inspecciones de trabajo a las empresas?

23 Marzo 2026

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¿Por qué suelen hacer inspecciones de trabajo a las empresas?

Las inspecciones de empresas son una herramienta habitual de las Administraciones Públicas para comprobar que las empresas cumplen con sus obligaciones legales en España. Tanto la Agencia Tributaria como la Inspección de Trabajo y otros organismos públicos realizan inspecciones periódicas para comprobar que las empresas cumplen con la normativa aplicable. 

A continuación, analizamos los motivos más frecuentes por los que una empresa puede ser inspeccionada. 

Falta de implantación del plan de igualdad 

Las empresas que cuenten con 50 o más trabajadores están obligadas a contar con un plan de igualdad registrado. En caso de ausencia del plan, su falta de registro o la inexistencia de medidas reales de seguimiento pueden dar lugar a inspecciones y sanciones. 

Otro de los aspectos que se revisan es si el plan de igualdad está negociado con la representación legal de los trabajadores y que incluya auditoría salarial. 

Incumplimiento de la cuota de discapacidad 

Las empresas con 50 o más trabajadores deben reservar al menos un 2% de su plantilla a personas con discapacidad. 

Las inspecciones de empresa suelen comprobar los siguientes criterios: 

  1. El porcentaje real de trabajadores con discapacidad. 
  2. La existencia de medidas alternativas en caso de no poder cumplir la cuota. 
  3. La correcta acreditación de los certificados de discapacidad. 

El incumplimiento en la cuota de discapacidad puede implicar sanciones y pérdidas de beneficios y bonificaciones. 

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Vehículos de empresa mal gestionados 

Otras de las causas más habituales por las que una empresa puede ser inspeccionada suele ser por el uso de coches de empresas mal gestionados. 

La Agencia Tributaria suele revisar los siguientes aspectos: 

  • Uso del vehículo para fines personales sin declararlo como retribución en especie.
  • Deducción íntegra de gastos como gasolina, mantenimiento o leasing cuando el uso no es exclusivamente profesional. 
  • Valoración incorrecta del beneficio. 

 

Uso indebido de contratos temporales o fijos-discontinuos

El control sobre la temporalidad de los contratos es un tema en el que se ha intensificado el control en los últimos años. 

La Inspección de Trabajo revisa a las empresas con un alto porcentaje de contratos temporales, el encadenamiento de contratos de duración determinada y a trabajadores que desempeñan funciones estructurales con contratos temporales. 

Si se detecta que ha habido un fraude en la contratación, la empresa puede verse obligada a convertir los contratos en indefinidos y afrontar sanciones.

 

Gastos personales deducidos como gastos de empresas 

Uno de los motivos más habituales de inspección es la deducción de gastos que no están directamente relacionados con la actividad profesional. 

Los gastos que suelen ser más revisados son los siguientes y que suelen ser el principal problema en la práctica son, entre otro, los siguientes: 

  • Restaurantes y viajes sin justificación profesional
  • Gastos del domicilio no afectos con la actividad profesional 
  • Suscripciones o formaciones no relacionadas con el negocio 
  • Compras de prendas o artículos de uso personal

Para que un gasto sea deducible, debe reunir los siguientes tres requisitos

  1. Estar vinculado a la actividad 
  2. Estar debidamente justificado 
  3. Estar correctamente contabilizado

 

Errores en el Impuesto sobre Sociedades

El Impuesto sobre Sociedades es otro de los puntos donde hay mayor inspección por parte de los organismos correspondientes. Ejemplo de ello pueden ser: 

  1. Empresas con resultados negativos frecuentes, pero mantienen signos de viabilidad pueden ser objeto de inspección. 
  2. Hacienda revisa con especial atención las deducciones o incentivos mal aplicados. 
  3. Diferencias entre ingresos declarados y otros datos. 

 

Contabilidad incorrecta y falta de documentación

Una contabilidad con errores o desordenada también puede ser objeto de inspección. 

Entre los problemas más frecuentes podemos encontrar facturas incompletas o inexistentes, retrasos en el registro contable o diferencias entre contabilidad y declaraciones fiscales.

Además, es importante destacar que la empresa debe conservar la documentación durante los plazos legales exigidos, que generalmente suelen ser de cuatro años. 

 

Denuncias de trabajadores a terceros

En muchas ocasiones una inspección también se origina por la interposición de una denuncia. Los motivos de denuncia suelen ser los siguientes: 

  • Horas extraordinarias no pagadas
  • Falsos autónomos
  • Falta de alta en la Seguridad Social 
  • Incumplimiento en prevención de riesgos laborales
  • Situaciones de discriminación o acoso

 

Discrepancias en torno al IVA

El control del IVA es otro de los centros de atención de la Agencia Tributaria. Las situaciones que pueden ser objeto de inspección son: 

  • Diferencias entre el IVA repercutido y el declarado por clientes o proveedores
  • Márgenes bajos respecto al sector 
  • Uso indebido del régimen de módulos 
  • Cambio frecuente en el régimen de módulos 

Si tu empresa está siendo inspeccionada o necesitas aclarar alguna duda sobre el tema, ponte en contacto con Legálitas Negocios y te ayudamos a solucionarlo.

 

Preguntas frecuentes sobre los motivos para una inspección de trabajo

¿Las inspecciones a empresas se realizan siempre por sospecha de irregularidades?

Muchas inspecciones se activan de forma aleatoria o dentro de campañas de control sectoriales. También pueden originarse por interposición de denuncia. 

¿Cuánto tiempo puede durar una inspección?

La duración de una inspección depende del organismo y la complejidad del caso. En el ámbito tributario, el plazo general es de hasta 18 meses, con posibilidad de ampliarse en determinadas circunstancias. Por el contrario, en el caso de las Inspecciones de Trabajo el plazo es de 9 meses, aunque pueda ampliarse por cusas determinadas.

 

¿Se puede recurrir una sanción derivada de una inspección? 

La empresa puede presentar alegaciones y, posteriormente, poner los recursos administrativos y judiciales que correspondan. 

 

Referencias legales:

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT)

Real Decreto 1065/2007, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria

Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

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