He parado para el reparto señalizado por prohibición de 7 a 11 y de 15 a 17 horas excepto carga y descarga

03 Abril 2016

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En principio, toda señal de prohibición de estacionamiento lo que indica, precisamente, es eso, que queda prohibido estacionar; no obstante, si tiene una leyenda, hay que atender a la misma, pero, siempre como excepción; por tanto, en el caso que nos ocupa, si el orden que sigue la leyenda es el que se indica, la señal estaría prohibiendo el estacionamiento en dicho lugar entre las 7 y las 11 y entre las 15 y las 17 horas, exceptuando las operaciones de carga y descarga, que se debe recordar afecta a vehículos industriales, y, quienes, según la señal, podrían estacionar para esa labor, entre las horas señaladas; y, junto al resto de vehículos, podrían estacionar el resto del tiempo que no se encuentre incluido entre las horas fijadas.

Si por el contrario la leyenda lo que señala primero, es "Excepto Carga y Descarga"; y después pusiese "las horas de 7 a 11 y de 15 a 17 horas", eso supondría que estaría prohibido el estacionamiento, siempre, para todos los vehículos en general, permitiéndose, únicamente, la labor de carga y descarga de los vehículos industriales entre las horas señaladas, pero, quedando prohibido el resto del tiempo.

Referencia Legal

  • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
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