Fichar en el trabajo, ahora obligatorio: ¿cómo te afecta a ti?

03 Mayo 2019

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Fichar en el trabajo es ya, desde el pasado 12 de mayo de 2019, obligatorio en los trabajos tras la aprobación de un decreto que modifica el Estatuto de los Trabajadores. ¿Cuántas empresas están preparadas para este cambio? ¿A qué sanciones se enfrentan si no cumplen con la nueva normativa?

Desde Legálitas, te damos las claves del nuevo control horario que se exigirá pronto a las todas las empresas españolas, sin excepción.

¿En qué consiste la nueva normativa de control horario?

Según el INE, en el cuarto trimestre de 2018 hubo un total de 6.435 horas extraordinarias realizadas en la semana por todos los asalariados. Esta es una de las razones por las que se apuesta por este cambio en la normativa, ya que tiene como objetivo regular las horas extra y otorgar mayor protección al trabajador frente a las horas extraordinarias no remuneradas.

El Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, reforma, entre otros, los artículos 4, 12, 34 y 35 del Estatuto de los Trabajadores:

En el artículo 4 hace referencia al derecho a no ser discriminados, incluidas las circunstancias como el tipo de jornada, ya sea parcial o completa, por ejemplo.

Anteriormente, los trabajadores con jornada a tiempo parcial ya debían registrar, mientras que a partir de ahora lo deberán hacer todos los empleados.

La actual normativa indica que los trabajadores a tiempo parcial deberán registrar su horario día a día y se totalizará mensualmente. El resumen de ese registro se deberá entregar cada mes junto con el recibo de salarios, incluidas las horas extraordinarias.

En caso de que ello no se cumpla, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo que se demuestre con pruebas que el contrato es a tiempo parcial, como indica el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores.

En cuanto a los empleados a jornada completa, las empresas deberán garantizar asimismo el registro diario de la jornada. Este registro debe incluir tanto el horario de inicio como de fin de la jornada, incluyendo los trabajos en los que exista flexibilidad horaria.

 

¿A qué sanciones se enfrenta una empresa que no registre los horarios de sus trabajadores?

Un empleador que no lleve un registro correcto del control horario de sus trabajadores se enfrenta a multas de entre 626 y 6250 euros, ya que se trata de una infracción laboral grave. 

Falta por aclarar si esta sanción será única o si se multiplicará por cada trabajador afectado, siguiendo el artículo 7 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Esta ley indica que cuando un empresario transgreda la norma en materia de registro de jornada se entenderá que el empresario incurre en una infracción por cada trabajador afectado. En las grandes empresas ello podría significar, por tanto, sanciones importantes.

¿Cómo debe hacerse este registro de la jornada?

La manera en la que se haga este registro depende de lo que se decida, bien mediante negociación colectiva o un acuerdo de empresa o bien la decisión del empresario tras haber consultado con los representantes legales de los trabajadores.

La organización y documentación del registro puede hacerse, por ejemplo, escribiendo en un papel, así como mediante una aplicación informática.

Este registro debe conservarse durante cuatro años, y disponible para que lo consulten los trabajadores, los representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

De igual manera, las horas extraordinarias, en el caso en el que apliquen, se calcularán con este mismo registro diario, mientras que el trabajador recibirá una copia del resumen.

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 ¿Cambiarán los salarios con este cambio?

Aunque los salarios no tienen por qué cambiar con esta novedad, precisamente uno de los objetivos que se persigue con el registro horario es que se contabilicen las horas extra reales de cada empleado, por lo que es posible que algunas personas perciban una mayor retribución debido a que sus horas extraordinarias se remuneren correctamente. 

 

¿Qué excepciones existen en esta normativa?

Como es natural, existen circunstancias variadas según el trabajo que desempeñe cada persona, algunas que dificultan cumplir con este registro horario. 

Hay profesiones, como los comerciales o profesionales del transporte, en las que las personas no tienen un horario fijo, sino que se dedican a completar tareas en diferentes lugares que varían cada jornada. 

Por ello, cada compañía debe valorar sus circunstancias concretas junto con los representantes de los trabajadores para poder encontrar la mejor manera de adaptar el control horario a las condiciones de sus empleados.

 

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