Estoy pagando un convenio especial con la Seguridad Social ¿Podré jubilarme a los 61 años?

08 Septiembre 2014

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#Texto revisado octubre 2015

Fui despedido de forma improcedente en el año 2005 y desde el año 2007 estoy pagando un convenio especial con la seguridad social para aumentar la base de cotización que tengo mientras estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años. ¿Tendré problemas para jubilarme al año que viene a la edad de 61 años?

Es posible jubilarse de forma anticipada cuando se cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente a 31 de diciembre de 2012, siempre y cuando con posterioridad al cese en el trabajo, el trabajador no vuelva a quedar incluido en alguno de los regimenes de la seguridad social.

Sin embargo la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha publicado recientemente una instrucción de interpretación referente a la normativa anteriormente indicada, donde limita el acceso a la jubilación anticipada con la edad de 61 años para aquellos ceses individuales anteriores a 1 de abril de 2013 con hechos causantes anteriores a 2019, que hubieran suscrito con la seguridad social cualquier convenio especial a partir de esa fecha.

Sin embargo, ante las reclamaciones de los afectados parece posible que la Administración de la Seguridad Social reconsidere esta última interpretación realizada, y permitan el acceso a la jubilación anticipada a aquellos beneficiarios del subsidio que se encuentran en su caso.

Referencia legal

  • L 27/2011 disp final 12ª.2ª- redacc RDL 5/2013.
  • DGINSS Instrucción 1-8-2014, RJ 97/2014.
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