¿Dónde dirigirse para recabar información sobre la situación patrimonial de un tercero?

02 Junio 2014

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Ante una deuda y frente a la posible reclamacion que pretendamos llevar a cabo, conviene  asegurarse de la situacion patrimonial del deudor. Esto implica que tengamos que anticiparnos y consultar en los lugares adecuados a los que todo ciudadano pueda tener acceso. Para obtener este tipo de datos el acreedor puede acudir a una determinados Registros públicos, pues la información contenida en los mismos sobre terceras personas, ya sean éstas físicas o jurídicas, está a disposición de quien lo solicite.

El Registro de la Propiedad facilita información de titularidades de todos los inmuebles, fincas rusticas o urbanas, solares, etc., que se encuentren inscritos. De igual forma, dispone de un Servicio de Índices para conocer titularidades de bienes inmuebles en todo el territorio Español.

Para obtener la información referida sobre titularidades basta con indicar el nombre de la persona o entidad, su D.N.I, o N.I.F., para averiguar si dicha persona o entidad es titular de algún bien inmueble, así como el Registro en el que dicho bien se encuentra inscrito. También facilita información sobre las cargas que puedan recaer sobre dichos bienes, tcomo hipotecas, afecciones a pagos de impuestos, embargos, etc.

De igual modo, existe un Registro de Bienes Muebles con funcionamiento y operativa similar, en el que se inscriben bienes muebles y determinados hechos, actos, contratos o resoluciones judiciales o administrativas relativos a los mismos.

El Registro Mercantil Central de Madrid facilita información sobre las entidades jurídicas de naturaleza mercantil que están inscritas en el mismo; asimismo, facilita el acceso a las cuentas anuales depositadas de tales personas jurídicas, que nos podrán indicar la situación económica de una determinada sociedad. Basta para ello con solicitar las cuentas depositadas del ejercicio económico que interese, facilitando el nombre de la entidad y su C.I.F.

La Dirección General de Tráfico permite conocer titularidades de vehículos y cargas, previa petición del interesado.

Referencia legal

  • Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil.
  • Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba la Ley Hipotecaria
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