Sí, aunque no hayas firmado un contrato de alquiler ¡Tienes derechos!

30 Mayo 2016

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*Actualizado el 28 de noviembre de 2018

En muchas ocasiones, nuestros clientes nos llaman preguntando sobre sus derechos como inquilinos en una vivienda alquilada. Desde Legálitas siempre les recordamos e insistimos en la importancia de tener firmado un contrato de alquiler en el que queden reflejados los derechos y deberes tanto del propietario como del inquilino.

Sin embargo, a diario también vemos como en ocasiones hay arrendados que por diferentes motivos no tienen formalizada esta documentación con todos los riesgos legales que esto puede desencadenar. Si este es tu caso y estás viviendo un #MomentoLegálitas, sigue leyendo la noticia porque debes saber que tú también tienes derechos a pesar de no haber firmado un contrato.

Muchos propietarios piensan que al alquilar sus viviendas, la persona que vive en su casa, a pesar de pagar mes a mes su alquiler, si no tiene contrato de alquiler escrito carece de derechos como inquilino. Eso es totalmente erróneo puesto que un contrato de arrendamiento existe desde el momento en que dos o más personas se ponen de acuerdo en ceder un inmueble, ya sea una vivienda, un local, etcétera, y pagar un alquiler por ello.

Esto significa que el inquilino adquiere plenos derechos como tal a partir del momento en que entra en un inmueble y comienza a pagar una renta. El contrato existe, aunque sea verbal.

¿Cuáles son los derechos del inquilino si no ha firmado un contrato?

Los principales derechos que tienen los alquilados en estos casos son los siguientes:

  • Derecho al uso y disfrute pacifico de la vivienda.
  • Derecho a reparaciones necesarias para mantener la vivienda habitable.
  • Derecho a una duración mínima del alquiler. Si se trata de una vivienda serían tres años (y de uno más si el casero no preavisa el fin de ese contrato en tiempo y forma oportunos).
  • Derecho de adquisición preferente en caso de venta.

Para que el inquilino pueda hacer valer todos estos derechos es importante que pueda demostrar recibos o justificantes de pago del alquiler, por lo que es fundamental que bajo ningún concepto y en ningún caso, el inquilino realice los pagos del alquiler en metálico y sin recibo.

En definitiva, tanto si eres inquilino como arrendador, debes tener presente que cualquier persona con un contrato de alquiler verbal también tiene sus derechos.

Si te ha quedado alguna duda, contacta GRATIS con nuestros abogados expertos de Legálitas.

¿Qué problemas pueden surgir si no se ha firmado un contrato?

Al no haber realizado la firma de un contrato entre inquilino y propietario pueden surgir varios problemas como la acreditación de los posibles acuerdos a los que hayan llegado, ya que será la palabra de uno frente a la del otro al no haber sido plasmado de forma escrita.

El casero puede verse perjudicado con un contrato verbal ya que puede tener problemas para acreditar el inicio de ese alquiler a efectos de cómputo de plazos. Además, en caso de que el inquilino pague cada mes una cantidad distinta, le será difícil articular el desahucio por falta de pago al no poder probar cual era la renta pactada.

También hay que añadir que, si la vivienda ha sido entregada con muebles, instalaciones o enseres, el riesgo de perderlos es aún mayor, ya que no se podrá demostrar esa situación y dificultando así una reclamación.

Por último, y no menos importante, el arrendador puede ser sancionado, si llega a conocimiento de la administración que existe un contrato de arrendamiento y no se ha depositado la fianza en el organismo pertinente.

Esto que has leído puede ser uno de los muchos #MomentosLegálitas con los que te puedes encontrar en tu día a día, sigue descubriéndolos con nosotros para conocer cuáles son tus derechos y cómo puedes defenderte y actuar.

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