¿Qué es el delito de extorsión?

10 Abril 2023

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El delito de extorsión consiste en obligar a una persona con violencia o intimidación y con ánimo de lucro, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en su propio perjuicio patrimonial o el de un tercero.

Además, es un delito que ataca varios bienes jurídicos: el patrimonio entendido como bienes muebles, inmuebles y los derechos de contenido económico; la integridad física de las personas y la libertad.

Requisitos para que haya un delito de extorsión

El primer requisito para que haya un delito de extorsión es que el autor tiene que actuar con ánimo de lucro, es decir, con intención de aumentar su patrimonio obteniendo un beneficio económico.

Por otro lado, es necesario también el empleo de la violencia o intimidación para conseguir que la víctima realice un negocio jurídico en su propio perjuicio o en perjuicio de otro.

También se castigan las omisiones o el hecho de que la persona amenazada deje de realizar un negocio con el consiguiente perjuicio para sí mismo o para un tercero.

Este delito se consuma cuando la víctima realiza el negocio que no quería llevar a cabo o bien deja de realizar un negocio que tenía pensado hacer sabiendo que esto le perjudica a él o a otra persona. Todo ello a causa de la violencia o la intimidación llevada a cabo por el autor de la extorsión.

Penas previstas para este delito

El artículo 243 del Código Penal español castiga con la pena de prisión de uno a cinco años el delito de extorsión sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por los actos de violencia física realizados.

Diferencia entre extorsión, amenazas, chantajes y coacciones

Para cometer el delito de amenazas, basta con anunciar a través de palabras o acciones la intención de causar a otro un daño que constituya un delito, y que pueda generar en la víctima un sentimiento de intimidación. No es necesario que la víctima llegue a experimentar el trastorno emocional buscado por el autor para que se configure el delito.

El bien jurídico protegido en este caso es la libertad de la persona y el derecho al sosiego y a la tranquilidad en el desarrollo normal de su vida, que se ve violentado por amenazas a la víctima, su familia o las personas con las que esté íntimamente vinculada. Ese mal anunciado tiene que ser injusto, creíble, determinado, posible y que dependa de la voluntad del autor del delito.

En el delito de chantaje el culpable exige una recompensa o un beneficio a su víctima, amenazándola con revelar su intimidad de forma que pueda dañar su fama o su honor si no accede a pagar la cifra requerida. Aquí hay varios bienes jurídicos protegidos: la libertad, el patrimonio y la intimidad.

La diferencia entre la extorsión y las coacciones radica esencialmente en el ánimo de lucro que mueve al autor de la extorsión, entendido como el propósito del delincuente de obtener alguna ventaja patrimonial, cualquier utilidad o beneficio para sí o para un tercero. En las coacciones el bien jurídico protegido es la libertad y lo comete quien, sin estar legítimamente autorizado, impida a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe o le obligue a realizar lo que no quiere, sea justo o injusto.

Diferencia entre delito de extorsión y robo con intimidación

En lo que respecta a las diferencias entre delito de extorsión y robo con intimidación, en este último el autor emplea esa amenaza para conseguir el objeto que desea robar. Por el contrario, en el delito de extorsión la finalidad de la violencia o intimidación es conseguir que la víctima realice un negocio jurídico que le perjudica y que no quiere realizar, o bien impedir al sujeto pasivo realizar un negocio que tenía pensado hacer, sabiendo que dejar pasar esa oportunidad de negocio le perjudica a él o a un tercero.

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Referencias legales:

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

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