¿Cómo registrar y declarar las ganancias de las porras por el Mundial?
29 Junio 2026
Las porras del Mundial son legales si son privadas, sin ánimo de lucro ni publicidad, pero deben documentarse correctamente para evitar conflictos y problemas legales. Las ganancias obtenidas se consideran premios de juegos y tributan como ganancias patrimoniales en el IRPF, debiendo declararlas únicamente quien haya obtenido beneficio. Si el premio supera ciertos importes, puede estar sujeto a retención y debe integrarse en la base general del impuesto.
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Con el Mundial en juego es habitual que grupos de amigos, familiares, etc. organicen porras para predecir qué equipos ganarán o cómo se desarrollarán los partidos. Se trata de una práctica social muy arraigada durante las grandes citas deportivas, pero muchos ciudadanos desconocen que puede conllevar implicaciones legales y fiscales.
En este contexto, analizamos cuáles son las connotaciones legales de estas apuestas informales, cómo deben organizarse correctamente para evitar futuros problemas y en qué casos los premios obtenidos deben declararse ante Hacienda.
¿Son legales las porras del Mundial?
En realidad, sí, pero se deben tener en cuenta matices importantes al realizarlas. Las porras entre amigos o compañeros de trabajo están permitidas si son privadas y no están organizadas con ánimo de lucro y si no se publicitan.
Si la porra se convierte en algo abierto, con organización profesional o beneficio del organizador, puede entrar dentro de la Ley del Juego (Ley 13/2011), lo que exigiría licencias y regulación estricta.
¿Cómo se deben registrar la participación en una porra?
Para evitar problemas es recomendable dejar la porra por escrito en un documento que incluya los participantes, los nombres completos, con DNI, la aportación económica de cada uno, la forma de pago y la firma. Asimismo, se debe dejar constancia de las reglas del juego, cómo se apuesta (resultados, puntos, eliminatorias, etc.), el sistema de puntuación, los criterios de desempate o el reparto del premio.
Si hay conflictos entre participantes, luego puede ser difícil de reclamar legalmente si no está todo bien documentado.
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Si en la porra se apuesta dinero: ¿Cómo se debe custodiar?
El dinero de una porra debe custodiarse preferiblemente por una única persona que actúe como gestor sin ánimo de lucro y dejando constancia de ello desde el inicio.
Es recomendable utilizar medios trazables como transferencias o Bizum, llevar un registro claro de quién ha aportado y cuánto, y evitar el uso de efectivo o la mezcla con cuentas personales.
Además, conviene no disponer del dinero hasta el momento del reparto y conservar todos los justificantes, de forma que se pueda acreditar que el custodio solo administra el bote común y no gestiona fondos de manera arbitraria.
¿Cómo se reparte el dinero ganado en una porra?
Para que no parezca una donación, el dinero debe repartirse conforme a reglas previas, claras y aceptadas por todos los participantes, donde se refleje que cada participante ha hecho una aportación y que el reparto responde a un resultado de juego (aciertos, clasificación, etc.).
En este sentido, conviene dejar constancia escrita y conservar justificantes de pago (bizum, etc.) para acreditar que es una participación en una porra y evitar que Hacienda interprete transferencias como donaciones.
¿Hay que declarar las ganancias de una porra?
Los premios obtenidos en estas "porras" se califican fiscalmente como "premios obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios" y se declararán ganancias patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales. Este tipo de ganancias se incluyen en la base general del impuesto.
Por lo tanto, desde la calificación de los premios como ganancias patrimoniales, pues responderían a este concepto de renta que recoge el artículo 33.1 de la Ley 35/2006 —“variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que por esta Ley se califiquen como rendimientos”—, los premios que pudieran otorgarse, estarán sujetos a retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al tipo del 19%, siempre que su base de retención sea superior a 300 euros, tal como resulta de lo dispuesto en el 101.7 de la misma ley y en los artículos 75 y 99 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
La normativa establece que en estos casos se hace el cómputo global de las ganancias y pérdidas de todo el año. Si este computo arroja beneficio, se declara la ganancia. Pero si el cómputo anual genera pérdida, no se declara. Es decir, que en el caso de las "porras" solo tendrá que declarar el que ha ganado.
¿Has participado en una porra y tienes dudas sobre si debes declarar la ganancia? Consulta con un abogado experto en fiscal para que te ayude.
Conclusión:
- Legales solo si son privadas, informales y sin beneficio para el organizador.
- Recomendado dejar reglas, participantes y aportaciones por escrito.
- Usar métodos de pago trazables y registrar movimientos.
- El reparto debe ajustarse a reglas claras (evita que se considere donación).
- Las ganancias tributan como ganancia patrimonial en el IRPF.
- Solo declara quien gana y solo si hay beneficio anual global.