Claves para alquilar un vehículo con éxito

05 Marzo 2014

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En este artículo vamos a obtener las claves para que el alquiler de un vehículo durante nuestras vacaciones, ocio o desplazamientos por trabajo, no nos traiga dolores de cabeza.

Según el Centro Europeo del Consumidor (CEC), se puede constatar que tras el elevado número de reclamaciones recibidas contra compañías de alquiler de vehículos, estas empresas realizan prácticas susceptibles de vulnerar los intereses económicos de los consumidores y usuarios.

En consecuencia, es muy importante tomar en consideración algunas cuestiones que conllevan importantes responsabilidades, y que marcan la diferencia entre un alquiler tranquilo y seguro y un alquiler que puede ser causa de abusos. Por ello obra especial importancia la lectura completa de las condiciones y la letra pequeña del contrato o analizar con atención el buen o mal estado del vehículo en el momento de la entrega y antes de retirarlo de la empresa de alquiler.

Pasemos a enumerar las pautas básicas que debemos seguir para minimizar los riesgos en el alquiler de un vehículo:

A menudo olvidamos lo importante y relevante que es comparar, comparar para ver precios y condiciones contractuales antes de contratar, de modo que podamos detectar con cual de todas las empresas del mercado queremos contratar porque cubren mejor nuestras necesidades para ese viaje que queremos hacer. Esta comparación, hoy en día, resulta sencilla a través de internet donde, con las debidas precauciones, podemos leer sin contratar todas las condiciones ofertadas y analizarlas desde la tranquilidad de nuestro hogar.

Saber qué incluye el precio que nos dan: debemos preguntar, debemos obtener respuesta clara a nuestras preguntas y sin duda por escrito: saber si el precio final ofertado incluye seguro, qué tipo de seguro, si se incluyen tasas, impuestos y cualquier otra cantidad susceptible de ser cobrada a posteriori. Siempre debemos firmar el contrato sabiendo con claridad y precisión cuánto pagamos y por qué pagamos.

Leer el contrato en su totalidad y con tranquilidad: es habitual que se contrate directamente en oficinas de alquiler de vehículo, donde o bien vamos con prisas, o con la emoción de iniciar nuestras vacaciones, o sencillamente el personal es tan amable que no nos planteamos que la información que nos estén dando pueda entrar en contradicción con lo que firmamos en contrato. La realidad es que la responsabilidad de la firma del contrato siempre es de quien firma y a posteriori de esa firma nada distinto a lo pactado se podrá defender, ni tan siquiera la autorización genérica de cargos en nuestra tarjeta, lo que nos convierte en potenciales víctimas de abusos en consumo.

Facilitar nuestra tarjeta de crédito: la gran mayoría de las empresas de alquiler de vehículos solicitan para el pago una tarjeta de crédito donde, de una manera bastante genérica, se autoriza a cualquier cargo, desde un depósito o fianza, que se devolverá a la entrega del vehículo en perfecto estado, hasta cargos por gestión de multas.

Merece especial atención verificar el estado del vehículo antes de la firma del contrato: detectar posibles daños que presente, rayones, bollos, manchas, pilotos rotos, falta de tapacubos, y establecer en el contrato por escrito, todos los daños que presenta el vehículo antes de ser entregado, para que los mismos no nos los puedan posteriormente imputar a nosotros en el momento de la devolución. Debemos tener siempre presente que todo aquello que no conste por escrito no podremos defenderlo, porque careceremos de prueba. Esto es especialmente importante, porque en muchas ocasiones la devolución del vehículo se realizada en los aparcamientos, sin que una persona nos los recepcione.

Contratar con límite de kilómetros o no: suelen ser las dos formas pactadas para alquilar un vehículo, con kilometraje ilimitado o con un número de kilómetros incluido pasado el cual se factura por kilómetro extra. Cada modalidad de contratación debe decidirse atendiendo al tipo de uso para el cual vayamos a contratar, suele ser más recomendable contratar kilometraje ilimitado por la tranquilidad económica que conlleva al ser un precio cerrado de partida, en cualquier caso si se contrata con kilometraje limitado debe constar en el contrato de manera clara el precio por kilómetro extra y de donde parte el cuentakilómetros del vehículo.

Contratar un seguro de circulación: todos los vehículos de alquiler llevan seguro obligatorio, pero es aconsejable contratar un seguro a todo riesgo y sin franquicia, dado que las franquicias suelen ser elevadas (en torno a 300 euros) y cualquier simple rasguño estaría dentro de ese importe de reparación, con lo que lo abonaríamos nosotros. Fundamental que en el contrato aparezcan separados los precios del alquiler y del seguro y se nos entregue la póliza por si tenemos un siniestro, donde actuaremos como si de nuestro vehículo habitual se tratara.

Condiciones sobre el combustible: puede ser que nos lo den lleno y soliciten que se entregue lleno, en otras ocasiones es justo al contrario, lo que nos hace afinar mucho para devolverlo “vació” y evitar perdida de dinero al dejar combustible en el tanque, en cualquier caso, siempre que conste claramente en contrato.

Llevar siempre toda la documentación entregada en el vehículo alquilado.

Contratar por Internet sí, pero con cautelas: siempre que contratemos por internet, tras leer nuestro contrato, aceptarlo y que nos envíen nuestro código de reserva, conviene confirmar en la fecha cercana al alquiler que la reserva sigue estando confirmada sin sorpresas al llegar a nuestro destino.

Contratar para viajes fuera de España: se recomendable que siempre se contrate con empresas cuyo domicilio social esté en España, pese a que nos presten el servicio en el extranjero, porque cualquier anomalía en la prestación del servicio podrá ser reclamada ante nuestros Tribunales Ordinarios de Justicia, no así en el caso de contratar fuera de territorio nacional.

Finalmente nos gustaría, como ejemplo bastante ilustrativo, enumerar algunas de las prácticas que el Centro Europeo del Consumidor ha detectado como abusivas en este ámbito y que han sido sancionadas por las autoridades competentes:

 1. Combustible: obligar al consumidor a pagar en el momento de la retirada del vehículo un importe por el depósito lleno y a devolverlo vacío: se determino falta de reciprocidad por el cobro de servicios no usados de manera efectiva.

 2. Reserva on line y precio final: no se ajusta el precio final con el coste real del servicio si se devuelve en otra oficina o fuera del horario, de no informarse expresamente: se entiende como práctica comercial engañosa.

3. Pagos tras la devolución del vehículo: en ocasiones se revisa el vehículo sin la presencia del consumidor y se imputan a su tarjeta de crédito cargos por daños menores, se entiende como abusivo pues da al empresario la facultad de aumentar el precio inicialmente estipulado sin que haya razones objetivas.

Desde Legálitas siempre aconsejamos que cualquier disconformidad que tengamos en esta materia, sea puesta en conocimiento de las autoridades de consumo en el momento en el que se detecte, a través de la oportuna hoja de reclamaciones, y siempre contactar con sus abogados de confianza para poder cursar la reclamación formal en defensa de sus derechos

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