Los padres de hijos de vientre de alquiler tendrán derecho a prestación de maternidad

02 Enero 2017

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Por primera vez la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha estimado dos recursos de casación en unificación de doctrina en los que reconoce el derecho de los padres de hijos de vientres de alquiler a disfrutar de las prestaciones por maternidad.

Se trata de dos casos diferentes: el de una mujer que ha tenido un hijo a través de vientre de alquiler en Los Ángeles y el de un hombre que contrató una reproducción asistida en la India con su material genético.    

En el caso de los hombres, en la actualidad, el permiso de paternidad es de 4 semanas desde el 1 de enero de 2017, fecha en la que ha entrado en vigor esta medida prevista en la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida. Anteriormente era de 13 días ininterrumpidos, ampliables en algunos supuestos.

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