Qué es el lucro cesante y cómo se demuestra
El Código Civil establece que la indemnización de daños y perjuicios comprende no sólo el valor de la pérdida que hayan sufrido sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor, salvas las disposiciones contenidas en los artículos siguientes.
El perjuicio económico que se deriva de un incumplimiento contractual o a un hecho dañino, por tanto, se divide en dos: daño emergente y lucro cesante.