Si la persona que va conmigo en la moto no lleva casco ¿Me podrían multar a mi?

15 Septiembre 2015

FacebookwhatsappXLinkedInEmail

Efectivamente, el responsable y, por tanto, el denunciado y sancionado, será el conductor del vehículo, ya que, de conformidad con el artículo 82 de la Ley de Seguridad Vial, siempre que se exija el uso de casco por conductor y pasajero de un vehículo; en este caso, una motocicleta así lo exige ; será responsable el conductor por la no utilización del casco de protección por el pasajero.

En consecuencia, el citado conductor podrá ser denunciado y sancionado con una multa económica de 200 €, y la pérdida de 3 puntos, no pudiendo alegar, en ningún caso, la negativa del pasajero a su uso, ya que, en ese caso, no debería haber admitido que dicho pasajero viajase en el vehículo.

Referencia legal

  • Artículo 82 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
FacebookwhatsappXLinkedInEmail

¿Te ayudamos a elegir?

Descubre en 1 minuto el plan que mejor se adapta a ti.

Empezar ahora

Artículos recientes