¿Qué son las Ventas a Distancia?

02 Abril 2013

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Las ventas a distancia son aquellas en las que no están presentes físicamente ni el comprador (consumidor y usuario) ni el vendedor y siempre que la oferta y aceptación se realicen de forma exclusiva a través de una técnica cualquiera de comunicación a distancia y dentro de un sistema de contratación a distancia organizado por el vendedor.

Para ello, tienen consideración de técnicas de comunicación a distancia los impresos, con o sin destinatario concreto; las cartas normalizadas; la publicidad en prensa con cupón de pedido; el catálogo; el teléfono, con o sin intervención humana; la radio; el teléfono con imagen; el videotexto con teclado o pantalla táctil, ya sea a través de un ordenador o de la pantalla de televisión; el correo electrónico; el fax y la televisión. Las empresas que se dediquen a esta actividad deben estar autorizadas e inscritas en el correspondiente Registro dependiente de la Dirección General de Comercio Interior del Ministerio de Economía y Hacienda

No se consideran ventas a distancia:

  1. Las ventas celebradas mediante distribuidores automáticos o locales comerciales automatizados.
  2. Las ventas celebradas en subastas, excepto las efectuadas por vía electrónica.
  3. Los contratos sobre servicios financieros.
  4. Los contratos celebrados con los operadores de telecomunicaciones debido a la utilización de los teléfonos públicos.
  5. Los celebrados para la construcción de bienes inmuebles. En general la validez y eficacia de los contratos relativos a bienes inmuebles quedará condicionada, además, al cumplimiento de los requisitos que impone su legislación específica.
 

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