¿Qué Daños Cubre mi Seguro de Hogar?

06 Marzo 2012

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Un vehículo se ha estrellado contra mi casa y tengo seguro de hogar. He denunciado los hechos

En primer lugar, el hecho de que no disponer de seguro de hogar no es óbice para que corresponda una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por ese impacto.

En cuanto a la denuncia de los hechos, no tiene ninguna viabilidad y las actuaciones a que hubiera dado lugar la denuncia, se archivaran irremediablemente, toda vez que dichos hechos no son constitutivos de infracción penal alguna.

Como se decía anteriormente, el perjudicado tiene derecho a la reparación de los daños causados, a costa del conductor, propietario y entidad aseguradora del vehículo causante de los mismos, y ello a tenor de lo establecido en el artículo 1.902 del Código Civil en relación con el artículo 7 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor. Tiene un plazo de prescripción de un año desde la fecha del accidente para reclamar.

Lo primero que se debe hacer es conseguir un presupuesto de las reparaciones y reclamar su importe a la Aseguradora del vehículo y en el caso de que esta rechace el mismo, podrá proceder a la reparación y luego reclamar en un procedimiento civil el importe de la factura, más los intereses especiales moratorios del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.

Si la reclamación es inferior a los 2.000€, no sería necesaria la intervención ni de letrado ni de procurador, debiendo cursar una demanda de procedimiento verbal, aportando todos los documentos (factura, parte de accidente, reclamación extraprocesal a la aseguradora, Atestado, etc.)

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