¿Puede el establecimiento negarse a reparar un vehículo gratuitamente durante la garantía?
02 Febrero 2014


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#Texto revisado octubre 2015
Existen una serie de supuestos en los que el establecimiento o el servicio de asistencia técnica pueden negarse a efectuar gratuitamente la reparación por entenderse no cubierta por la garantía.
Esto es posible cuando el vehículo haya sido manipulado o reparado por terceras personas. Tampoco existe obligación de reparación gratuita cuando la avería se produzca como consecuencia de un mal uso por parte del consumidor aunque esté dentro del plazo de garantía.
Durante los 6 primeros meses de la compra la prueba de que el fallo no es de origen incumbe al establecimiento vendedor, sin embargo a partir de ese momento y durante el tiempo que reste a la garantía de cumplir 2 años, incumbe al consumidor la prueba de que el defecto es de origen.
Tampoco están obligados a reparar gratuitamente cuando la avería se produzca:
- Por una causa de fuerza mayor.
- Ni cuando la avería se haya producido porque el usuario se negó a reparar los nuevos defectos advertidos por el servicio de asistencia técnica con motivo de una reparación previa.
Ahora bien, en este caso la falta de aceptación tiene que hacerse constar en la factura.
Referencia Legal
- Artículos 123 y concordantes del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

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