Préstamos y Desempleo

21 Noviembre 2013

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¿Se puede renegociar una hipoteca estando en paro?

Antes de la crisis fueron muchas las personas que decidieron comprarse una vivienda. Los puestos de trabajo parecían seguros y los salarios permitían lanzarse a la aventura del ladrillo. Pero ahora que España ronda los seis millones de parados y los salarios se han reducido considerablemente, son muchas las personas que no pueden hacer frente al pago de su hipoteca.

Los primero que hay que saber en este caso es que todos los deudores hipotecarios tienen el derecho a poder renegociar las condiciones del préstamo hipotecario con su entidad.

Cuestión distinta es que la entidad, de acuerdo al principio de libertad de pactos, quiera aceptar o no la renegociación del préstamo.

En atención a las medidas de protección a los deudores hipotecarios reguladas en el Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de Marzo y en el Real Decreto-Ley 27/2012, de 15 de Noviembre, la situación de desempleo como tal no es una causa para obligar al banco a negociar.

Lo que tales normas contemplan como uno de los requisitos que han de concurrir es que todos los miembros de la unidad familiar carezcan de rentas derivadas del trabajo o de actividades económicas, o que la cuota hipotecaria resulte superior al 60 % de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.

¿Y si se trata de un préstamo personal?

Cuando se trata de un préstamo personal, respecto de los cuales no existe una cobertura legal en caso de no poder hacer frente a la obligación de pago para negociar, las posibilidades de refinanciación dependerán de la voluntad de la entidad bancaria o financiera con la que se mantiene dicho préstamo.

En caso de que se dejara de pagar un préstamo personal, la entidad tendría derecho a interponer un proceso de ejecución, que tendría como finalidad cobrar la deuda mediante la adopción de diversas medidas de embargo sobre los bienes y derechos de los que el deudor sea titular y sean susceptibles de poder ser embargados.

Esto último hace  que la deuda se encarezca por los intereses de demora y las costas judiciales.

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