Resumen anual informativo, el modelo 180

30 Enero 2026

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Resumen anual informativo, el modelo 180

El Modelo 180 es una declaración informativa de carácter anual que deben presentar determinados contribuyentes a la Agencia Tributaria. Se trata de un documento esencial en el ámbito fiscal, especialmente para aquellos alquileres sujetos a retención. 

En este artículo, te explicamos en qué consiste, quién está obligado a presentarlo, cuándo y cómo hacerlo correctamente.

¿Qué es el Modelo 180?

El Modelo 180 es un resumen anual de las retenciones practicadas sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. En otras palabras, recoge toda la información declarada durante el año a través del Modelo 115, que se presenta trimestralmente.

Este modelo permite a la Agencia Tributaria cruzar los datos anuales de los arrendadores (propietarios) y los arrendatarios (inquilinos que retienen) para comprobar que las retenciones por alquiler se han realizado de forma correcta. 

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¿Qué sujetos deben presentar este Modelo 180?

Están obligadas a presentar el Modelo 180 todas las personas físicas o jurídicas que, en el ejercicio de su actividad profesional o empresarial, hayan pagado alquileres de inmuebles urbanos y estén obligadas a practicar retenciones sobre esos pagos.

Esos sujetos son los siguientes: 

  • Empresas y autónomos que alquilan locales u oficinas.
  • Comunidades de bienes o comunidades de propietarios si ejercen una actividad económica.
  • Entidades que retienen IRPF o Impuesto de Sociedades por estos arrendamientos.

¿Qué información contiene el modelo 180? 

El Modelo 180 recoge la siguiente información: 

  • Los datos identificativos del arrendador (nombre, NIF, domicilio fiscal)
  • El importe total satisfecho por el alquiler durante el ejercicio
  • El importe total retenido
  • Los datos del inmueble alquilado (dirección completa, referencia catastral)
  • El número total de perceptores y retenciones

¿Cuándo se debe presentar el modelo 180?

El plazo de presentación del Modelo 180 es del 1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio fiscal que se declara.

¿Cómo se presenta el Modelo 180? 

La presentación del Modelo 180 se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Es necesario disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.

Para presentarlo por internet, tienes que entrar en la web de la AEAT. 

Y ahí clicar en Todas las gestiones, luego en Impuestos, tasas y prestaciones patrimoniales y, finalmente, en Declaraciones informativas

Aparecerá un listado con todas las declaraciones informativas con las que Hacienda controla a los contribuyentes. En este caso, debes elegir Modelo 180. Declaración Informativa. Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual. 

Al seleccionarlo, para empezar el trámite clica en la primera opción del recuadro de Gestiones destacadas e identificarte con un certificado electrónico como el certificado digital o el DNI electrónico. También puedes usar la Clave Pin. 

Rellenar el formulario online o presentar un fichero generado mediante software compatible. Y, por último, firmar y enviar. 

¿Qué ocurre si no se presenta el Modelo 180 o se presenta de forma incorrecta?

No presentar el Modelo 180 en plazo o cometer errores en su contenido puede conllevar sanciones por parte de Hacienda. Las multas pueden variar en función de la gravedad del incumplimiento y del perjuicio causado a la Administración.

Además, si se detectan contradicciones entre el Modelo 180 y los modelos 115 trimestrales, la Agencia Tributaria podría iniciar un procedimiento de comprobación.

¿Cómo puede ayudarte Legálitas con el Modelo 180?

En Legálitas te ayudamos a cumplir con tus obligaciones fiscales relacionadas con el Modelo 180 de forma segura y sencilla. Nuestros abogados y asesores fiscales te asesoran sobre sí estás obligado a presentarlo, revisan y completan correctamente el modelo, contrastan los datos con los modelos 115 trimestrales, se encargan de su presentación telemática en plazo y te asisten ante cualquier requerimiento de la Agencia Tributaria.

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