La Utilización de Datos Personales

23 Febrero 2012

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Uso de datos personales sin consentimiento

El Tribunal Supremo en 2012 vino a ampliar los casos en que las empresas que dispongan de nuestros datos personales puedan difundirlos y cederlos a terceros sin contar con nuestro consentimiento, siempre que puedan acreditar que tienen un interés legítimo en ello y con ello no vulneren nuestros derechos fundamentales.

En efecto, la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de Febrero de 2012  ha anulado la normativa que exigía que las empresas solo pueden utilizar datos personales sin contar el consentimiento de sus titulares, en caso de que tales datos estuvieran en fuentes accesibles al público como en las guías de teléfono u otras guías públicas.

El motivo de este cambio legislativo es que ese requisito no se incluye en la normativa de la Unión Europea.

Sin embargo, esto no significa que las empresas puedan disponer de nuestros datos personales de forma indiscriminada sin contar con nuestro consentimiento, sino que deben cumplir con los requisitos establecidos en la normativa, como son:

  • Debe existir un interés legítimo por parte de la empresa que dispone de nuestros datos, que no sea únicamente un interés comercial o económico. Habrá que estar al caso concreto para apreciar la presencia de este interés.
  • Debe existir un pleno respeto de los derechos fundamentales y libertades de las personas titulares de los datos, como es el derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen.
  • Debe garantizarse un riguroso cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos y en particular del deber de información a los afectados y el derecho que tienen a hacer valer el acceso, rectificación y muy en particular, oposición a la utilización de sus datos personales.
  • En todo caso, debemos recordar que cuando el cliente facilita sus datos a una empresa con ocasión de la celebración de un contrato, la empresa podrá ceder o tratar sus datos sin contar con el consentimiento del cliente cuando ello sea necesario para el mantenimiento o el cumplimiento de dicho contrato. P.ej. encargo de reclamación de impagos a empresas de recobro.

Por tanto, en cada caso habrá que ponderar con rigor si la empresa que ha usado nuestros datos ha procedido correctamente conforme a la ley.

Cómo proceder

En aquellos casos en que usted considere que una empresa ha utilizado de forma ilegítima sus datos personales, puede cursar la correspondiente reclamación, dirigiéndose por escrito al responsable.

Posteriormente en caso de no ver atendida su solicitud puede cursar denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos Personales.

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