Estoy de baja médica por la Seguridad Social y la mutua de mi empresa me ha citado para una revisión ¿Tengo que ir?

13 Noviembre 2013

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#Texto revisado octubre 2015

Es obligatorio acudir a las revisiones que realizan las Mutuas de Trabajo. La Ley General de la Seguridad Social establece expresamente como motivo de extinción del subsidio la incomparecencia injustificada a cualquiera de las convocatorias para los exámenes y reconocimientos establecidos por los médicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social o a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

También se debe tener en cuenta que el derecho al subsidio podrá ser suspendido cuando, sin causa razonable, el beneficiario rechace o abandone el tratamiento que le fuere indicado.

Referencia legal

  • LGSS artículo 131. Bis. 1. y artículo 132. 2.
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