¿Puede resolverse un contrato de alquiler por impago, aunque no haya finalizado su duración legal?

08 Septiembre 2026

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¿Puede resolverse un contrato de alquiler por impago, aunque no haya finalizado su duración legal?

El impago de la renta constituye una de las principales causas por las que un propietario puede solicitar judicialmente la resolución de un contrato de arrendamiento. Aunque el contrato siga vigente y no haya finalizado su plazo de duración, la falta de pago puede dar lugar al desahucio y a la reclamación de las cantidades adeudadas.

Un contrato de alquiler no tiene que haber terminado para que el propietario pueda recuperar el inmueble. Cuando el inquilino deja de pagar las rentas pactadas, el arrendador puede solicitar judicialmente la resolución del contrato y el desahucio

Analizamos una sentencia lograda por Legálitas en la que un Juzgado de lo Civil confirma esta posibilidad. Aunque el juzgado descartó que pudiera resolverse el contrato por expiración del plazo, sí estimó íntegramente la demanda por impago de rentas y condenó al arrendatario al desalojo del inmueble y al pago de las cantidades adeudadas.

¿Qué ocurrió?

Un Juzgado de lo Civil, mediante sentencia dictada en 2025, resolvió un procedimiento de desahucio promovido por la propietaria de un trastero frente a su arrendatario.

  • La resolución del contrato de arrendamiento. 
  • El desahucio del arrendatario y la recuperación de la posesión del inmueble. 
  • El pago de las rentas impagadas y demás cantidades adeudadas. 
  • El abono de las cantidades que continuaran devengándose hasta la efectiva entrega de la posesión.

El demandado no compareció en el procedimiento y fue declarado en situación de rebeldía procesal. 

¿Qué alegaba la propietaria?

La propietaria ejercitó la acción de desahucio tanto por expiración del plazo contractual como por impago de rentas. Sin embargo, el juzgado analizó en primer lugar si el contrato podía considerarse extinguido por el transcurso del tiempo.

Tras examinar la normativa aplicable, concluyó que no habían transcurrido los plazos legales necesarios para declarar finalizado el contrato por expiración del término, por lo que esta pretensión no podía prosperar.

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El impago de las rentas

Respecto al impago, la propietaria acreditó que el arrendatario había dejado de abonar las mensualidades pactadas. Además, el demandado no compareció en el procedimiento y fue declarado en situación de rebeldía procesal. 

El juzgado recordó que:

  • La parte actora aportó documentación suficiente para acreditar la existencia de la deuda.
  • El demandado no aportó prueba alguna que justificara el pago de las cantidades reclamadas.
  • La rebeldía procesal no puede perjudicar a quien ha acreditado adecuadamente los hechos en los que fundamenta su demanda. 

Por ello, el tribunal consideró acreditado el impago y concluyó que procedía resolver el contrato por incumplimiento de la obligación esencial de pago de la renta.

 

Condena al pago de las cantidades adeudadas

Durante el procedimiento, la cantidad inicialmente reclamada fue actualizada, correspondiente a las rentas impagadas acumuladas. 

Además, el juzgado reconoció el derecho de la propietaria a percibir:

  • Las cantidades que continuaran devengándose hasta la entrega efectiva de la posesión.
  • Los intereses legales correspondientes.
  • Las costas procesales

 

Explicación de términos jurídicos clave

  • Desahucio por impago: procedimiento judicial mediante el cual el propietario solicita la recuperación del inmueble por falta de pago de las rentas.
  • Rebeldía procesal: situación que se produce cuando una de las partes no comparece ni actúa en el procedimiento judicial tras ser correctamente citada.
  • Resolución contractual: extinción del contrato por incumplimiento de una de las obligaciones esenciales pactadas.
  • Rentas devengadas: cantidades que continúan generándose durante la vigencia de la relación arrendaticia mientras el inmueble sigue ocupado.
  • Costas procesales: gastos derivados del procedimiento judicial que puede verse obligado a asumir quien pierde el litigio.

Conclusiones:

  • Esta sentencia lograda por Legálitas confirma que el impago de la renta puede justificar la resolución del contrato de arrendamiento, aunque el plazo contractual no haya finalizado.
  • El impago de la renta puede justificar la resolución del contrato de arrendamiento, aunque el plazo contractual no haya finalizado. 
  • La duración del contrato y el incumplimiento de la obligación de pago son cuestiones jurídicas diferentes. 
  • El propietario debe acreditar la existencia de la deuda mediante la documentación correspondiente. 
  • Si el arrendatario no acredita el pago de las rentas reclamadas, el juzgado puede estimar la demanda de desahucio. 
  • La falta de comparecencia del demandado no impide que el tribunal dicte sentencia si la deuda está debidamente acreditada. 
  • El arrendatario puede ser condenado a abonar las rentas pendientes, las cantidades futuras devengadas, los intereses legales y las costas del procedimiento.

FAQs

El incumplimiento de obligaciones esenciales, como el pago de la renta, puede justificar la resolución anticipada del contrato.

Puede ser declarado en rebeldía procesal, aunque el demandante seguirá teniendo que acreditar los hechos en los que basa su reclamación.

El tribunal puede condenar al pago de las cantidades que continúen devengándose hasta la efectiva recuperación de la posesión del inmueble.

La sentencia reconoce el derecho a percibir los intereses legales correspondientes.

Como regla general, las costas procesales se imponen a la parte que resulta vencida en el procedimiento.
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