¿Cuál es el procedimiento para cancelar mis datos de un fichero de morosos?

04 Diciembre 2013

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Toda persona incluida en un fichero común en el que se trate de forma automatizada datos relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias, podrá ejercitar ante el responsable del fichero su derecho de rectificación o cancelación.

El responsable del fichero común lo comunica a la entidad que haya facilitado los datos, para que conteste en el plazo de 5 días a dicha solicitud de rectificación o cancelación, si transcurridos esos 5 días la entidad no da respuesta, se procederá por parte del responsable del fichero común a la rectificación o cancelación cautelar de los datos debiendo hacer efectivo el derecho de rectificación o cancelación en un plazo de 10 días.

Si se desestima la pretensión de rectificación o cancelación se podrá acudir a la Agencia de Protección de Datos, para que dé traslado de la misma al responsable del fichero y éste en el plazo de 15 días formule las alegaciones que estime pertinente. La Agencia deberá resolver en el plazo de 6 meses y si esta desestima también la pretensión podrá acudirse a los Tribunales Contencioso-administrativos.

Referencia legal

  • Art. 16 y art.19 de la L.O. 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
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