¿Qué hago si mi casero o compañeros de piso piden mi desalojo durante el estado de alarma?

22 Abril 2020

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#LEGÁLITASCONTIGO | NOTICIAS CORONAVIRUS

Estamos viviendo momentos de incertidumbre ante la pandemia de la COVID-19 y muchas personas, movidas por el miedo al contagio, están llevando el aislamiento social un paso más allá, pidiendo a compañeros de piso o inquilinos que abandonen su vivienda habitual durante estos días o de manera permanente.

Dentro de las medidas urgentes aprobadas por el Gobierno para paliar los efectos de esta crisis, se han suspendido los procesos de desahucio y aplazados todos los intentos de pedir el desalojo de inquilinos de una vivienda habitual en el caso de personas vulnerables sin otra opción donde residir, tal como explica nuestra abogada Isabel Álvarez.

¿Qué pasa si mis compañeros de piso piden mi desalojo por miedo a contagiarse?

La enfermedad por coronavirus, al propagarse y contagiarse rápidamente, ha provocado que muchas personas teman que sus propios vecinos o compañeros de piso les contagien el virus, en ocasiones incurriendo en comportamientos amenazantes que podrían suponer un delito.

Algunos ciudadanos han visto cómo sus coinquilinos les han pedido marcharse ya que son originarios o proceden de otra región con un mayor índice de personas contagiadas, o bien el propio propietario o propietaria del piso ha resuelto anular los suministros básicos de la vivienda para provocar la salida de estas personas, pasando a casos más graves, como agresiones físicas o psicológicas.

¿Pueden suponer estas actitudes un delito? Dependiendo de las circunstancias, estas actitudes sí podrían considerarse como delictivas, ya fueran leves o de mayor gravedad y que pueden llevar a sus autores incluso a la cárcel, así como delitos que pueden ser denunciables en un plazo máximo de hasta un año, si fueran delitos leves, o cinco años para los delitos menos graves. Un compañero de piso, vecino o casero de este tipo puede estar cometiendo delitos de amenazas, coacciones, daños, lesiones…Las víctimas de estas actitudes, por tanto, podrán denunciarlo ante la Policía Nacional o la Guardia Civil.

¿Qué derechos tienen los inquilinos ante intentos de desahucio o cancelación del contrato de alquiler?

Las medidas urgentes aprobadas por el Gobierno incluyen la suspensión de los desahucios para personas vulnerables, así como plazos procesales y juicios que estuvieran abiertos. En el caso de un desahucio que no tuviera aún fecha, todo está ahora suspendido, si bien será por un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 11/2020 de 31 de marzo. Es importante recordar que este plazo será siempre que el inquilino pueda demostrar que vive en una situación económica vulnerable y no tiene adónde ir si se le desaloja de su vivienda habitual.

Por otro lado, si el desahucio ya estaba previsto con una fecha concreta, una vez terminado el estado de alarma, se podrá en ese momento solicitar una suspensión extraordinaria, tras demostrar la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra el inquilino a causa de la crisis económica provocada por la COVID-19.

¿Qué pasaría si es el propietario el que se encuentra en una situación de vulnerabilidad? En ese caso, deberán solicitar un informe a los servicios sociales, para que puedan decidir qué medidas tomar en cada circunstancia.

Por último, tal como explican nuestros abogados, existe actualmente la opción de que inqulino y propietario pactaran una moratoria, si el desahucio no se hubiera iniciado aún, para poder paliar los efectos de la crisis provocada por la pandemia de la COVID-19, como pueden ser las muchas personas que se han visto afectadas por un ERTE, despidos, reducciones de jornada o paralización de la actividad de su negocio.

 

Accede a las respuestas de nuestros abogados sobre las consultas legales más frecuentes de la crisis del coronavirus AQUÍ.

 

 

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