Delitos a los que podría enfrentarse Volkswagen en España

23 Octubre 2015

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Recientemente la Fiscalía ha solicitado al Juzgado Central de Instrucción 2 la investigación del grupo Volkswagen por los delitos de fraude de subvenciones y publicidad engañosa, así como por un delito contra el Medio Ambiente.

A la luz de las comparecencias y comunicados emitidos por la propia compañía tras salir a la luz el escándalo relacionado con sus motores, ciertamente podríamos encontrarnos ante los mencionados ilícitos penales.

El Ministerio de Industria aclarará hasta qué punto pudo beneficiarse la fabricante de las posibles subvenciones recibidas a contraprestación de la aplicación de la normativa medioambiental en los motores de sus vehículos. De ser así, los responsables del grupo alemán podrían enfrentarse a penas de hasta cinco años de prisión y multa del tanto al séxtuplo de su importe.

Del mismo modo habrán de hacer frente a la acusación por un delito contra el Medio Ambiente, pues todo apunta a que los vehículos afectados estarían emitiendo gases contaminantes muy por encima de los límites permitidos. En este caso, la pena de prisión podría llegar a los tres años, pareja a una alta multa económica y posible inhabilitación especial para la profesión.

Respecto al posible fraude por publicidad engañosa, nuestro ordenamiento jurídico castiga penalmente a aquél que realice tal conducta, siempre que el perjuicio causado al consumidor sea grave y manifiesto. No obstante, en el escándalo Volkswagen habrá que determinar si al propio comprador del vehículo se le ha causado perjuicio ciertamente grave y manifiesto, o si éste únicamente se ha producido de menor gravedad o contra el Medio Ambiente.

La responsabilidad penal será exigible a quienes se haya declarado autores del hecho, ya sea por haberlo ejecutado directamente, ya sea por su capacidad de decisión en el seno de la empresa. Cabe también una responsabilidad civil de carácter subsidiario con cargo a la empresa Volkswagen. Todo ello, con independencia de la posibilidad no descartable de exigir responsabilidad penal a Volkswagen como persona jurídica, al amparo del nuevo artículo 31 del Código Penal.

En cualquier caso, la vía de la acción popular –previo desembolso de la fianza que pudiera ser exigida- siempre está abierta a los ciudadanos o asociaciones, preferentemente aquellas defensoras de intereses de consumidores y/o el Medio Ambiente, quienes mediante Abogado y Procurador podrán tener acceso a la causa y sostener una acusación contra las personas que de la investigación judicial pudieran resultar responsables. Asimismo, los consumidores que se consideren engañados gravemente por la publicidad que en su día se les ofertó por la compañía podrán personarse de igual modo –aunque sin fianza- como acusación particular, aunque a expensas de que el Juez considere dicho perjuicio como cierto y suficiente.

Manuel Marchena

Abogado de Legálitas

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