Positivo en prueba de alcohol tras un accidente. El seguro me reclama lo pagado en mi nombre

10 Junio 2014

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#Texto revisado diciembre 2015

He dado positivo en una prueba de alcoholemia por un accidente de tráfico y ahora mi aseguradora me está reclamando lo que dice que ha pagado en mi nombre

En primer lugar, efectivamente la aseguradora se habrá hecho cargo del siniestro frente terceros perjudicados, los cuales habrán sido indemnizados por los daños sufridos en sus respectivos vehículos y en las lesiones que pudieran haber sufrido como consecuencia directa de dicho accidente, ya que su aseguradora lo que garantiza es la responsabilidad civil derivada de la circulación de su vehiculo.

Ahora bien, una vez que la Aseguradora indemnice a los perjudicados, podrá, al amparo del articulo 10 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, repetirle a vd. como conductor, al asegurado y al propietario, solidariamente, el importe que la aseguradora se hubiera visto obligada a satisfacer a los perjudicados.

Esta acción de repetición tiene un plazo de prescripción de un año desde la fecha en que se produjo el pago efectivo de la indemnización.

Es importante tener en cuenta el inicio del computo de dicho plazo, pues es posible que el pago se hubiera realizado mas tarde incluso de pasado un año desde la ocurrencia del accidente, pues tenga en cuenta, que el pago se hace una vez que el lesionado ha causado alta de sus lesiones, luego podría ocurrir, que como decimos el pago se materialice pasado un largo tiempo desde en accidente en si, y desde la fecha de ese pago, es cuando se empieza a contar el año de prescripción, que no de caducidad.

Por otro lado y con independencia de lo anterior, en el supuesto de que se incoaran actuaciones penales por la alcoholemia, su aseguradora no se va a encargar de su defensa en juicio, sino que tan sólo va a actuar en relación a la reclamación de daños y correspondiente indemnización.

Referencia legal

  • Articulo 10  de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor
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