Motivos legales para finalizar antes de tiempo tu contrato de alquiler

21 Enero 2016

FacebookwhatsappLinkedInEmail

Si vives de alquiler o tienes un piso de tu propiedad alquilado, seguramente en alguna ocasión te habrás preguntado si podrás poner fin al contrato antes del plazo firmado. Legalmente, existen una serie de supuestos por los que tanto arrendador como arrendatario pueden acabar con su relación arrendaticia.

Causas legales para finalizar antes del plazo señalado un contrato por parte del inquilino:

  • La ley establece que el inquilino podrá abandonar la vivienda alquilada transcurridos seis meses y habiendo avisado con 30 días de antelación al arrendador de la vivienda. El propietario podrá pedirle una indemnización por no cumplir todo el tiempo pactado de una mensualidad de la renta en vigor por cada año que reste por cumplir (o la parte proporcional para periodos de tiempo inferiores al año) solo si así se recogía en el contrato.
  • Cuando el propietario de la misma perturbe el uso de la vivienda arrendada, el inquilino puede solicitar al Juzgado la resolución del contrato y así poder abandonar la vivienda.
  • También podrá el arrendatario podrá exigir la resolución del contrato o el cumplimiento del mismo al propietario de la vivienda cuando este último no realice las obras necesarias para la habitabilidad de la vivienda

Causas legales para finalizar antes del plazo señalado un contrato por parte del arrendador:

  • Cuando el propietario necesita la vivienda para sí o para un familiar en primer grado de consanguinidad o por adopción, o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. Deberá haber transcurrido al menos un año desde la celebración del contrato y cumplir algunos requisitos más como comunicar esa necesidad al inquilino al menos con dos meses de antelación, y que efectivamente se ocupe antes de tres meses.
  • Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
    • La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
    • La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
    • El subarriendo o la cesión no consentidos
    • La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.
    • Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
    • Cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario o de quien efectivamente la viniera ocupando.

Con carácter general, el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución judicial del contrato de alquiler.

En todos estos casos, si la resolución no fuera acordada por las partes con entrega de llaves y de la posesión de la vivienda al propietario, este no podrá recuperar la vivienda salvo que interponga un procedimiento judicial que finalice con una sentencia que le dé la razón y así lo acuerde.

Tanto si eres propietario como inquilino necesitas un abogado que te asesore jurídicamente sobre tus derechos y obligaciones a la hora de alquilar una vivienda, desde el momento de la firma hasta el momento de finalización del contrato de alquiler, y, por supuesto, en todas las dudas legales que pueden surgir durante el periodo que dure el arrendamiento de la vivienda: obras en la casa alquilada, pago de los suministros, actualización de la renta, etcétera. 

FacebookwhatsappLinkedInEmail

¿Te ayudamos a elegir?

Descubre en 1 minuto el plan que mejor se adapta a ti.

Empezar ahora

Artículos recientes