Legálitas evita que Saúl pague 1.500 euros de impuestos a Hacienda por la venta de una vivienda

01 Diciembre 2023

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Al vender un inmueble se debe incluir en la declaración de la Renta la ganancia o pérdida patrimonial de esa venta. En el caso de ser una vivienda, la ganancia puede quedar exenta de impuestos si ese dinero se reinvierte en una nueva vivienda habitual en los dos años siguientes a la fecha de la venta.

Un ejemplo de este tipo es lo que le ocurrió a *Saúl. Nuestro cliente vendió su casa habitual y se compró una nueva, pero no declaró la venta en su declaración de IRPF y tampoco optó por la exención por reinversión en la nueva vivienda habitual. Por ello, le llegó un requerimiento de Hacienda señalando que había existido la transmisión de un inmueble que no había sido declarado y solicitando información.

Cómo no sabía cómo proceder, nuestro cliente se puso en contacto con Legálitas para conocer sus derechos. Nuestra abogada, Miriam García, estudió su caso y le asesoró responder al requerimiento y aportar la documentación solicitada.

La Agencia Tributaria contestó enviando una notificación de trámite de alegaciones con propuesta de liquidación provisional con un importe a ingresar a favor de Hacienda de 2.500 euros, resultado de calcular la ganancia por la venta de la vivienda y realizar la declaración correspondiente.

Nuestra letrada presentó alegaciones indicando que la ganancia obtenida había sido inferior, ya que había gastos que no se habían tenido en cuenta y que, además, el resultado tenía que ser cero porque todo se había reinvertido en la adquisición de una nueva casa.

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Tras ello, Hacienda envió una liquidación indicando que, efectivamente, se debía ajustar la ganancia obtenida por la venta de la vivienda, pero que, al margen de ello, nuestro cliente debía pagar 1.532 euros, ya que no se podía aplicar la exención por reinversión porque no se consignó en la declaración y no se estaba acreditando que la nueva vivienda se usara como habitual.

En este punto, nuestra abogada le asesoró interponer un recurso de reposición y enviar la documentación justificativa que acreditaba que la nueva vivienda es su vivienda habitual. Tras el recurso de reposición, la administración nos da la razón y afirman que, efectivamente, aunque Saúl no optara por aplicar la exención por reinversión se le debe de aplicar igualmente.

De esta manera, gracias al trabajo de la letrada, se logró que nuestro cliente no tuviera que pagar los 1.532 euros que la administración le exigía, por lo que ha manifestado su agradecimiento al equipo de Legálitas y, en particular, a la letrada Miriam García.

Si has sufrido un caso similar y tienes cualquier duda con el procedimiento tributario a seguir puedes consultar con uno de nuestros abogados para que te asesoren durante todo el proceso y te ayuden a resolver el problema.

 

*El nombre de nuestro cliente ha sido cambiado para proteger su identidad.

 #LegálitasCasosReales

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