¿Es legal que yo cuide de mi tía hasta su fallecimiento a cambio de que me de su casa?

01 Mayo 2014

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#Texto revisado julio 2015

Quizás la vía adecuada para que esta señora se asegure el cuidado y atención que requiere por su parte sea la celebración de un contrato de alimentos.

En virtud del contrato de alimentos una persona transmite bienes y derechos (por ejemplo una vivienda) a un tercero que se obliga a prestarle atención en su alimentación, vestido, alojamiento y asistencia de todo tipo (incluso médica).

Este contrato está regulado en los artículos 1791 y siguientes del Código Civil, que establece lo siguiente:

Por el contrato de alimentos una de las partes se obliga a proporcionar vivienda, manutención y asistencia de todo tipo a una persona durante su vida, a cambio de la transmisión de un capital en cualquier clase de bienes y derechos.

Referencia Legal

  • Artículo 1791 Cc.
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