¿Es legal que yo cuide de mi tía hasta su fallecimiento a cambio de que me de su casa?
01 Mayo 2014

#Texto revisado julio 2015
Quizás la vía adecuada para que esta señora se asegure el cuidado y atención que requiere por su parte sea la celebración de un contrato de alimentos.
En virtud del contrato de alimentos una persona transmite bienes y derechos (por ejemplo una vivienda) a un tercero que se obliga a prestarle atención en su alimentación, vestido, alojamiento y asistencia de todo tipo (incluso médica).
Este contrato está regulado en los artículos 1791 y siguientes del Código Civil, que establece lo siguiente:
Por el contrato de alimentos una de las partes se obliga a proporcionar vivienda, manutención y asistencia de todo tipo a una persona durante su vida, a cambio de la transmisión de un capital en cualquier clase de bienes y derechos.
Referencia Legal
- Artículo 1791 Cc.