Soy el propietario de un piso con ocupas ¿tengo que pagar yo la comunidad?

18 Septiembre 2014

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#Texto revisado noviembre 2016

Lamentablemente, no tiene nada que ver una cosa con la otra y el hecho de la ocupación de su vivienda por terceros no es una eximente o una atenuante para el cumplimiento de sus obligaciones ante la Comunidad como propietario. Por tanto, de acuerdo con el artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal, Ud. es el obligado a contribuir al pago de los gastos de la Comunidad; y, de otro lado, como perjudicado por la ocupación ilegal de su inmueble, tiene el derecho a denunciar tales hechos hasta conseguir que los ocupantes ilegales sean desalojados.

Referencia legal

  • Artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal
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