Si vas en bici ¡También puedes ser multado por saltarte un semáforo!
17 Junio 2016
Las bicicletas son vehículos de dos ruedas, que, además, son usuarios de las vías públicas, por lo que les es aplicable toda la normativa reguladora de la circulación y, evidentemente, si un ciclista no se detuviera en un semáforo en rojo sería sancionado.
Hay que recordar que la pretensión o finalidad, tanto de la Ley de Seguridad Vial, como del Reglamento General de Circulación, precisamente, es la de regular el tráfico, siendo de obligado cumplimiento para todos los usuarios de las vías, en consecuencia, es evidente, que los ciclistas también se ven obligados a cumplir las citadas normas de circulación.
Precisamente, una de esas normas es la de detenerse, obligatoriamente, ante la luz roja de un semáforo, ya que mientras permanezca encendida, los vehículos, incluidas las bicicletas, no deben rebasar el semáforo, y, tampoco podrán rebasar la línea de detención anterior más próxima al citado semáforo.
Hasta tal punto, llega la regulación que, incluso, la propia normativa de tráfico prevé semáforos específicos para determinados vehículos y así, cuando el semáforo presenta la silueta iluminada de un ciclo, sus indicaciones se refieren, exclusivamente, a ciclos y ciclomotores. Pero esto no significa, como se ha señalado que las bicicletas no tengan que respetar el resto de semáforos, como cualquier otro vehículo o usuario de la vía.
Por último, debemos recordar que las infracciones por no respetar la luz roja de un semáforo, son consideradas de carácter grave y como tal, son sancionables con multa de 200 euros, si bien, a diferencia de lo que sucede con los vehículos de motor, no conllevan la pérdida de puntos, ya que, ésta, sólo se produce cuando el hecho del que se deriva se produzca con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija permiso o licencia de conducción, algo que en el caso de una bicicleta no se da.