SEÑAL V-23

06 Septiembre 2011

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Dispositivo reflectante para vehículos de transportes.

El Reglamento General de Vehículos incorpora una nueva señal reflectante de marcado de contorno, denominada V-23. La finalidad de la misma es incrementar la visibilidad de los vehículos tanto en el perímetro de la parte trasera como de los laterales.

Los vehículos que están obligados a instalar dichas señales serán todos aquellos  de anchura superior a 2,10 metros y de longitud superior a 6 metros, que se matriculen a partir del 10 de julio de 2011 de las siguientes categorías:

  • Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas, dedicados al transporte de mercancías, cuya masa máxima sea superior a 7,5 toneladas, con excepción de los chasis, cabinas, vehículos incompletos y cabezas tractoras para semirremolques.
  • Remolques y semirremolques con una  masa máxima sea superior a 3,5 toneladas.

Para vehículos matriculados con anterioridad al 10 de julio de 2011 la instalación del dispositivo es voluntaria, como para el resto de vehículos de cuatro ruedas dedicados al transporte de mercancías o personas que tengan más de ocho plazas, sin incluir la del conductor  y al resto de remolques y semirremolques con una masa máxima superior a 0,75 toneladas, no obstante recomiendan  su instalación.

Los distintivos estarán confeccionados con una cinta adhesiva reflectante, homologada y de fácil instalación. La anchura de las franjas será de 50 mm, de color blanco o amarillo, en el caso de las partes laterales del vehículo, o rojo o amarrillo en caso de la parte trasera del mismo.

 

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