¿Sabes a qué multa te enfrentas si no presentas la Declaración trimestral del IVA?

07 Octubre 2014

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El próximo 20 de octubre finaliza el plazo para presentar la Declaración Trimestral del IVA por parte de empresas y autónomos. En Legálitas estamos advirtiendo a nuestros clientes de las sanciones a las que se enfrentan si no liquidan el impuesto del IVA dentro del plazo establecido por la Ley General Tributaria.

La cuantía de la sanción varía en función del tiempo transcurrido y de si es el autónomo o empresa quien lo declara de forma voluntaria o, por el contrario, es Hacienda el que reclama el pago del impuesto.

Si eres autónomo o tienes una empresa y se te ha olvidado declarar el IVA, pero lo declaras de forma voluntaria, el recargo será del:

  • 5% del IVA pendiente de liquidar si han pasado menos de 3 meses
  • 10% del IVA que deberías haber liquidado si han pasado menos de 6 meses
  • 15% del IVA pendiente de liquidar si han transcurrido menos de 12 meses
  • 20% del IVA a liquidar cuando ha transcurrido más de un año.

Pero… ¿Y si es Hacienda quien reclama el pago de la liquidación del IVA? En este caso la multa a la que se enfrenta un autónomo o empresa es del 100% del IVA pendiente de liquidar. Este porcentaje podrá reducirse al 50% si se muestra conformidad con la sanción

Por la importancia de la sanción, en Legálitas advertimos a nuestros clientes que  presenten siempre, aunque fuera de plazo, la Declaración trimestral del IVA.

Si te encuentras en esta situación, acude a Hacienda y entrega el modelo 303 como lo harías si estuvieras dentro del plazo establecido, cuanto menos tiempo pase, menor será el recargo al que tengas que hacer frente.

¿Se puede aplazar el pago del IVA?

Si aún estás dentro del plazo legal para realizar el pago del IVA a Hacienda, pero crees que no podrás asumirlo, en Legálitas te recomendamos pedir un aplazamiento a la Agencia Tributaria, indicando en qué plazos podrás asumir el pago del impuesto. 

Una vez presentada la solicitud de aplazamiento del pago del IVA, la Agencia Tributaria responderá aceptando o rechazando dicho aplazamiento. Si eres PYME o autónomo, solo por registrarte en nuestra página web podrás disponer de forma gratuita del escrito de solicitud o aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias.

Son muchas las dudas que llegan sobre este tema a nuestros abogados expertos en la materia: ¿Qué pasa si una empresa que me debe dinero presenta un concurso y yo he adelantado el IVA? ¿Me recomiendan adherirme al sistema especial de IVA de criterio de caja? ¿Puedo recuperar el IVA de facturas no cobradas? ¿Siendo autónomo es obligatorio presentar la declaración trimestral del IRPF? ¿Quién está obligado a presentar la declaración sobre el Impuesto de Sociedades?

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