¿Cómo funciona una orden de expulsión de extranjería?

06 Junio 2024

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¿Qué es una orden de expulsión?

La orden de expulsión es una alternativa a la imposición de sanciones económicas cuando una persona extranjera comete una infracción tipificada como muy grave o grave (algunos supuestos) en la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.  

También puede acordarse cuando el extranjero haya sido condenado, dentro o fuera de España, por una conducta dolosa que constituya en nuestro país delito sancionado con pena privativa de libertad superior a un año.

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¿Qué conlleva la orden de expulsión?

  • Implica la obligación de salir de territorio nacional.
  • La prohibición de entrada en España. La duración de esa prohibición se determinará atendiendo a las circunstancias que concurran en cada caso y no será superior a cinco años, salvo que el extranjero suponga una amenaza grave para el orden público, la seguridad pública, la seguridad nacional o para la salud pública, que podrá ser de hasta diez años.
  • La extinción de cualquier autorización para permanecer legalmente en España, así como el archivo de cualquier procedimiento que tuviera por objeto la autorización para residir o trabajar en España del extranjero expulsado. No obstante, la expulsión podrá revocarse en los supuestos que se determinen reglamentariamente y que luego analizaremos.

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¿Qué extranjeros no pueden ser expulsados?

La sanción de expulsión no podrá ser impuesta en los siguientes supuestos, salvo que: (1) la infracción cometida consista en participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o contrarias al orden público o (2) suponga una reincidencia:

  • Los nacidos en España que hayan residido legalmente en los últimos cinco años.
  • Los residentes de larga duración. (debe valorarse la vinculación con España).
  • Los que hayan sido españoles de origen y hubieran perdido la nacionalidad española.
  • Los que sean beneficiarios de una prestación por incapacidad permanente para el trabajo como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional ocurridos en España
  • Los que perciban una prestación contributiva por desempleo 
  • Los que sean beneficiarios de una prestación económica asistencial destinada a lograr su inserción o reinserción social o laboral.
  • Los cónyuges del extranjero que hayan residido legalmente en España durante más de dos años, ni a sus ascendientes e hijos menores, o que estén a su cargo.

 

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¿Qué procedimiento debe seguirse para que pueda imponerse una sanción de expulsión?

En realidad, existen dos tipos de procedimiento: ordinario y preferente. 

El procedimiento preferente se reserva para determinados supuestos en los que, entre otros, se entiende que puede existir riesgo de incomparecencia o el extranjero puede suponer un peligro para el orden público, la seguridad pública o la seguridad nacional. 

El plazo para presentar alegaciones es muy reducido, tan solo de 48 horas, pudiendo acordarse, además y en su caso, su ingreso en un centro de internamiento mientras se tramita el procedimiento sancionador.

Por su parte, el procedimiento ordinario está previsto para todos los demás supuestos no contemplados para el procedimiento anterior. El plazo de alegaciones será de 15 días y no es posible acordar ingreso en centro de internamiento.

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¿Se puede revocar una orden de expulsión?

Cuando en el marco de un procedimiento relativo a autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales (arraigos), se comprobase que consta contra el solicitante una resolución de devolución no ejecutada, ésta será revocada, siempre que del análisis de la solicitud derive la procedencia de la concesión de la autorización de residencia.

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Referencia legal:

Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

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