Nuevas medidas para facilitar la supervivencia de empresas que entren en un proceso concursal

08 Septiembre 2014

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Tras el Consejo de Ministros del pasado 5 de septiembre, el sábado se publicaba en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Ley 11-2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal, el cual amplía las posibilidades para que un gran número de acreedores imponga quitas a los disidentes.

Se trata de un segundo RDL aprobado por el gobierno español que tiene como finalidad evitar la liquidación de las empresas en el caso de que se consideren que son viables, ya que se considera una necesidad tanto para la economía en general como para el empleo en particular.

En un comunicado hecho público por el ministerio de Hacienda, se afirma que se extenderá el convenio a los llamados “acreedores disidentes” siempre y cuando superen unos porcentajes de adhesión. Además, en el comunicado se afirmaba que también afectará a los acreedores “privilegiados”, dividiéndoles en cuatro grupos: laborales, públicos, financieros y el resto.  

Desde esta perspectiva, las modificaciones que se introducen en esta materia tienen en última instancia la finalidad de facilitar en la mayor medida posible la continuación de la actividad empresarial, lo cual ha de redundar no sólo en beneficio de la propia empresa, sino también de sus empleados y acreedores y de la economía en general.

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