He trabajado de Au Pair en Alemania sin cotizar. ¿Puedo exigir algún derecho?

23 Enero 2014

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Las relaciones denominadas Au pair (“a la par”) están reguladas por el Acuerdo de Europeo de 24/11/64 y están excluidas del ámbito de aplicación de las normas laborales.

En estos caso se considera que no hay una relación laboral, pues si bien se prestan algunos servicios como cuidado de niños, enseñanza de idiomas u otros a cambio de comidas y alojamientos o simples compensaciones de gastos, lo cierto es que se trata de una mera convivencia familiar entre la persona alojada y la familia que la acoge, y los trabajos domésticos que realiza la primera, generalmente un estudiante, son marginales y no recibe un verdadero salario por ellos.

Referencia legal

  • Acuerdo de Europeo de 24/11/69, numero 068, hecho en Estrasburgo el 24 de noviembre de 1969, sobre la colocacion "Au Pair".
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