He modificado la vivienda por obras ¿Tengo la misma cobertura del seguro de hogar?

01 Junio 2014

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#Texto revisado noviembre 2015

Soy propietario de una vivienda la cual tengo asegurada. Hace un tiempo la dividí en dos apartamentos que actualmente tengo arrendados. Si hay algún problema tipo rotura de tuberías, incendio, etc ¿estoy legalmente cubierto?

Nos informa haber dividido la vivienda en dos apartamentos, que destina a alquiler, luego se ha producido un cambio sustancial en el riesgo, que ahora es de dos inmuebles diferentes al inicialmente asegurado.

Por ello, tiene que contratar dos seguros independientes, uno para cada vivienda, puesto que en caso de siniestro, al ser diferente el riesgo (y por ello la prima y demás circunstancias de la póliza), la aseguradora va a poder rechazar o al menos alegar problemas de cobertura.

Procedría por este cambio de riesgo la anulación de la póliza anterior, para una sola vivienda, y emisión de dos independientes.  

Debe tener en cuenta que es muy importante a la hora de contratar un seguro de hogar declarar el uso de la vivienda, si es particular para uso propio o destinado a alquiler.

Referencia legal

  • Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro
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