¿El presupuesto del taller debe cumplir algún requisito especial?

31 Enero 2014

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#Texto revisado octubre 2015

El  presupuesto que realice el taller tiene que ser por escrito. El taller de reparación de vehículos está obligado a tener a disposición del público unos carteles en los que se diga que "todo usuario, o quien actúe en su nombre, tiene derecho a un presupuesto escrito de las reparaciones o servicios que solicite”.

Además el taller también debe mostrar al público los precios por hora de trabajo y por servicios concretos, así como el horario de la prestación de servicio al público.

Además, dichos documentos tienen que incluir una serie de datos referidos al taller de reparación de vehículos y al usuario. En dichos documentos no se pueden incluir  cláusulas que se opongan a lo que está establecido en las normas que regulan dicha materia.

En el presupuesto concretamente, tiene que figurar:

  1. El número del taller en el Registro Especial, así como su identificación fiscal y domicilio.
  2. El nombre y domicilio del usuario.
  3. La identificación del vehículo, en el que conste marca, modelo, matrícula y número de kilómetros recorridos.
  4. Reparaciones a efectuar, elementos a reparar o sustituir y cualquier otra actividad, dónde se indique el precio total desglosado que debe satisfacer el cliente.
  5. La fecha y firma del taller que presta los servicios.
  6. La fecha prevista de entrega del vehículo ya reparado, a partir de la aceptación del presupuesto.
  7. Indicación del tiempo de validez del presupuesto.
  8. Espacio reservado para le fecha y la firma de aceptación por el usuario.

En el caso de que el presupuesto no sea aceptado por el cliente, el taller deberá devolver el vehículo en las mismas condiciones en las que fue entregado antes de realizar el presupuesto. Solamente se podrá proceder a la reparación del vehículo cuando el cliente o la persona autorizada por el, firma la conformidad del presupuesto.

Referencia legal

  • Artículo 14 del Real Decreto 455/2010, de 16 de abril, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.

 

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