Fases de la desescalada: todo lo que debes saber

30 Abril 2020

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#LEGÁLITASCONTIGO | NOTICIAS CORONAVIRUS

*Actualizado 11 mayo 2020. 

El plan para la desescalada del estado de alarma ya es una realidad, tras su aprobación por el congreso el 28 de abril y las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial del Estado. El objetivo de estas nuevas normativas es regularizar la flexibilización y condiciones de desescalada en sus diferentes ámbitos.

Se debe recordar que la desescalada en España será por fases y no por fechas, como se ha hecho en otros países. En concreto, se hará en cuatro fases, siendo la duración de cada fase de 15 días, con una duración total de 8 semanas, teniendo previsto que se pueda alcanzar la denominada “nueva normalidad” a finales de junio. Es importante destacar que dicha evolución hacía la nueva normalidad estará condicionada a los indicadores de salud pública y a la evolución de los datos.

Tenemos que diferenciar, en cuanto a las fases propiamente dichas, que actualmente en España nos encontramos con dos escenarios:

  • Islas de Formentera, La Graciosa, el Hierro y la Gomera, cuyo escenario de actuación ha entrado directamente en la Fase I (Orden SND/386/2020 de 3 de mayo).
  • Resto del territorio, que a fecha 4 de mayo entran en la Fase de preparación o Fase 0 (Orden SND/388/2020 de 3 de mayo).

A continuación, Carlota Zapata, abogada de Legálitas, detalla los requisitos y condiciones de cada uno de ellos en su correspondiente fase.

¿Cuándo comenzará la desescalada?

La desescalada se inició el 4 de mayo, como se ha indicado, en dos escenarios diferentes: el de las Islas de Formentera, La Graciosa, El Hierro y la Gomera, que en esta fecha pasan directamente a la Fase I, y el reto del territorio, que parte de la Fase 0.

El paso de una fase a otra dependerá de los marcadores que maneje el Ministerio de Sanidad, dejando claro que durante las semanas que dure la desescalada no se permitirá la movilidad entre provincias hasta el 25 de junio en el mejor de los casos (manteniendo, en todo caso, las normas de seguridad y distancia social).
 

Desescalada por provincias

El Gobierno irá decidiendo qué provincias van avanzando de fase de forma quincenal. Se pasará de fase en función de unos marcadores, en base a los cuales las provincias o islas podrán pasar de una fase a otra.

Estos indicadores se basan en las capacidades estratégicas del sistema sanitario (atención primaria, situación de los hospitales y camas disponibles en UCI); la situación epidemiológica (diagnósticos, tasa de contagios…); el cumplimiento de las medidas de protección colectiva en los centros de trabajo, comercio y transporte público y la evaluación de datos de movilidad y socioeconómicos.

Tal como ha anunciado el Gobierno en una comparecencia, el curso escolar comenzará en septiembre, con algunas excepciones, como la de los menores de seis años cuyos padres trabajen de manera presencial, familias con dificultades tecnológicas y para celebrar las pruebas de la EBAU, como nos explica la abogada de Legálitas Carlota Zapata.

¿En qué consiste cada fase de la desescalada? Te lo explicamos a continuación:

FASE 0 (preparación): desde el 4 de mayo hasta el 10 de mayo, donde sea posible

  • Paseos dos convivientes.
  • Uso obligatorio de mascarillas en transporte público.
  • Deporte y paseos de forma individual.
  • Salidas de población infantil.
  • Entrenamientos individuales de deportistas profesionales y federados y entrenamiento. básico de ligas profesionales.
  • Apertura de pequeños locales con cita previa.
  • Hostelería y restauración: comida para llevar.

Se permite en esta fase el deporte individual dentro del municipio, por el tiempo necesario para ello para mayores de 14 años, una vez al día en cualquier vía de uso público, espacios naturales y zonas verdes, prohibiéndose el uso de vehículo motorizado o transporte público para realizar dicha actividad sin establecer limitación de distancia respecto del domicilio.

Se permiten así mismo los paseos para la población de más de 14 años. Dichos paseos han de ser una vez al día y se permite que se puedan realizar con un conviviente a no más de un kilómetro de distancia.

Desde el 26 de abril, los menores de catorce años también pueden salir a pasear una vez al día, durante una hora, a no más de un kilómetro del domicilio y acompañados por un adulto responsable mayor de 18 años que conviva con el menor, empleado del hogar o persona autorizada. Cada adulto no puede pasear con más de tres niños a su cargo.

Para estas tres actividades que se han ido aplicando progresivamente se establecen franjas horarias:

DEPORTE INDIVIDUAL Y PASESOS DE MAYORES DE 14 AÑOS

  • De 6.00 a 10.00
  • De 20.00 a 23.00

MAYORES DE 70 AÑOS Y DEPENDIENTES

  • De 10.00 a 12.00
  • De 19.00 a 20.00

 

MENORES DE 14 AÑOS

  • De 12.00 a 19.00

Asimismo, se permite el entrenamiento individual de deportistas profesionales y federados, así como el entrenamiento de carácter básico de deportistas pertenecientes a ligas profesionales.

Por Orden del Ministerio de Transportes, se establece el uso obligatorio de mascarillas en el transporte Público, así como para los usuarios de transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas.

En los transportes privados particulares y privados complementarios en vehículos de hasta nueve plazas, podrán desplazarse dos personas por fila de asientos, debiendo garantizarse la máxima distancia entre sus ocupantes, si se trata de vehículos que solo disponen de una fila de asientos podrán viajar como máximo dos personas.

Se permite la apertura del pequeño comercio y de actividades de servicios a partir del 4 de mayo de menos de 400 metros cuadrados, no permitiéndose la apertura de aquellos con mayor superficie o de los centros comerciales o los que estén dentro de centros comerciales y no tengan acceso directo e independiente, dicha apertura podrá realizarse siempre a través de un sistema de cita previa que garantice la permanencia de un solo cliente por trabajador dentro del local y reservándose un horario de atención preferente a mayores de 65 años, por Orden del Ministerio de Sanidad de 3 de mayo se establecen los requisitos de higiene y de prevención de riesgos laborales que deben cumplir dichos establecimientos.

En cuanto a la hostelería y la restauración, la actividad podrá realizarse mediante servicios de entrega a domicilio y, como novedad, mediante la recogida de los pedidos por los clientes en los establecimientos correspondientes.

Asimismo, se permiten las actividades relacionadas con obras de reformas de viviendas, que había quedado suspendida, siempre y cuando no se produzca una interferencia con personas no relacionadas con la obra.

FASE I (inicial): desde el 4 de mayo en Formentera, El Hierro, La Gomera y La Graciosa y desde el 11 de mayo al 25 de mayo en el resto del territorio, donde sea posible

Medidas aprobadas por Orden SND/386/2020:

  • Se permiten las actividades sociales, como reuniones en casa, con un máximo de 10 personas
  • Apertura del pequeño comercio con un 30% de su aforo.
  • Apertura de terrazas (ocupación hasta el 50%).
  • Velatorios: para un máximo de 15 o 10 personas.
  • Los lugares de culto tendrán limitación de 1 tercio de su aforo
  • Mercados al aire libre, con condiciones de distanciamiento entre los puestos.

Medidas anunciadas por el Gobierno, pero no incluidas por el momento en la Orden:

  • Apertura de hoteles y de alojamientos turísticos excluyendo zonas comunes.
  • Entrenamiento medio en ligas profesionales.
  • Deporte no profesional: para actividades que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.
  • Espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con un tercio de aforo) y de menos de 200 personas al aire libre.
  • Visitas a museos limitadas a un tercio del aforo.


 

Fase II (intermedia): del 26 de mayo al 9 de junio (pendiente de datos de fases anteriores y de su publicación en boletines oficiales)

  • Apertura de restaurantes para el servicio de mesas, con limitación de aforo.
  • Viajes a segundas residencias, solo si están en la misma provincia.
  • Cines y teatros con un tercio del aforo. Se podrán visitar monumentos y salas de exposiciones.
  • Actividades culturales con menos de 50 personas sentadas. Si son al aire libre, menos de 400 personas sentadas.
  • Caza y pesca.
  • Centros educativos (refuerzo, cuidado de menores de seis años y Selectividad).
  • Reapertura de centros comerciales, prohibiéndose la permanencia en las áreas comunes o zonas recreativas.
  • Bodas para un número limitado de asistentes.


 

FASE III (avanzada): del 10 de junio al 24 de junio (pendiente de datos de fases anteriores y de su publicación en boletines oficiales)

  • En restauración disminuirán las restricciones de aforo, pero con estricta separación entre el público.
  • Se flexibilizará la movilidad general.
  • Se ampliará la ocupación de espacios, como el comercio, por ejemplo, hasta un 50% de su aforo.
  • Discotecas y bares nocturnos con un aforo máximo de un tercio del habitual.
  • Apertura de playas en condiciones de seguridad y distanciamiento.
  • Toros: con una limitación de aforo que garantice una persona por cada 9 metros cuadrados.


 

¿Cuáles son las sanciones por incumplir la normativa para la desescalada?

En cuanto a posibles sanciones por no acatar las medidas dispuestas por el Gobierno para la desescalada, por el momento no se han dado detalles al respecto. Lo que sí se ha señalado desde el Ministerio del Interior es que se adaptarán los dispositivos policiales para realizar "controles específicos" en la fase de desescalada

Asimismo, se indica que, para que la desescalada sea efectiva, habrá que ser muy estricto, siendo la movilidad y el control interterritorial un elemento trascendental en términos de garantizar la salud pública, sin hablar de sanciones específicas, explica Carlota Zapata

En el caso de que se incumpla, por ejemplo, la prohibición de desplazarse entre provincias se seguirá aplicando, en principio, las multas que la Ley de Seguridad Ciudadana prevé para el caso de desobediencia a la autoridad.

El artículo 36.6 de la mencionada ley incluye sanciones que van desde los 601 euros hasta los 10.400 euros, según las instrucciones que en forma de comunicación ha hecho el Ministerio del Interior a los Delegados de Gobierno, que para el caso de traslado a segundas residencias gradúan con un importe de 1.500 euros.

 

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