¿Cómo retirar un poder notarial previamente otorgado para administrar los bienes?
20 Mayo 2014


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#Texto revisado julio 2015
Un poder notarial puede ser revocado por quien lo otorgó en cualquier momento acudiendo al notario.
Por otro lado, al declararse la incapacidad judicial de quien otorgó el poder, queda revocado automáticamente, salvo que se hubiera previsto en el mismo que fuera válido aún en el caso de incapacitación. En este último caso, la revocación deberá realizarla el juez que decretó la incapacidad.
Referencia Legal
- Articulo 149 del Código civil.

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