¿Cómo actuar frente a los vecinos morosos?

15 Septiembre 2014

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Con la situación económica que tanto ha afectado a las familias en España, se abre otro foco de conflicto que, pese a que siempre ha existido, ahora se ha incrementado: El impago de cuotas ordinarias o extraordinarias de la comunidad de propietarios.

Un primer efecto de este impago es la privación del derecho a voto en las juntas de propietarios hasta que no se pongan al corriente de pago del importe de las sumas adeudadas. Pese a esto, los vecinos que no estén al corriente de los pagos de la comunidad sí podrán asistir a las reuniones.

La convocatoria de junta de propietarios contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente de pago de las deudas vencidas a la comunidad para tener constancia de la deuda.

Cuando la comunidad de propietarios cuenta entre sus integrantes con algún vecino con cuotas impagadas, la manera de proceder  más efectiva  para recuperar la deuda es la siguiente:

1. En junta ordinaria, o convocando una extraordinaria, aprobar la liquidación de la deuda.

2. La liquidación de la deuda debe constar por escrito en el acta como aprobación dentro del punto correspondiente del orden del día y, mediante la emisión de un certificado de la misma, tiene que comunicarse al vecino instándole a que ponga fin a esa situación.

3. Si a pesar de estas acciones no paga la deuda, se acudirá a la vía judicial mediante un Procedimiento Monitorio, que se tramitará ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar en donde se halle la finca. Para iniciar este procedimiento judicial es necesario que se haya aprobado por la junta de propietarios y que quede reflejado en el acta.

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