Soy repartidor ¿Cuánto tiempo tendré que estar sin conducir por pérdida total de puntos?

11 Abril 2016

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Los conductores en general cuando se les declara la pérdida de vigencia de la autorización administrativa para conducir, por la pérdida total de puntos, deberán estar sin conducir 6 meses, en la primera ocasión que ocurra, y, de un año en la segunda, si esta se produjese dentro de los tres años siguientes a la obtención de la nueva autorización.

Por el contrario si se tratase de un conductor profesional el plazo sin conducir sería de 3 meses en la primera ocasión y de 6 meses si, en el plazo de tres años, vuelve, nuevamente, a perder la vigencia de su autorización.

En todos los casos, se debe recordar que sería necesario transcurridos los plazos señalados, la previa realización y superación con aprovechamiento de un curso de sensibilización y reeducación vial y la posterior superación del correspondiente examen.

Referencia Legal

  • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
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