En bici sí, pero…

03 Abril 2016

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En las ciudades españolas se está incrementando de manera notable el uso de la bicicleta como medio de transporte alternativo. Aunque las bicicletas presenten unas características un tanto especiales, son vehículos y, por lo tanto, hay que saber que están sometidos a determinadas normas para poder circular. El incumplimiento de estas normas lleva aparejada una sanción. Por eso, es importante recordar que:

Los ciclos para poder circular, deberán disponer, de:

  • Un sistema adecuado de frenado que actúe sobre las ruedas delanteras y traseras.
  • Un timbre, prohibiéndose el empleo de otro aparato acústico distinto de aquél.
  • Recordemos que se permite a los conductores de bicicletas circular en grupo sin mantener distancia entre ellos, extremando en esta ocasión la atención, a fin de evitar alcances entre ellos.
  • La velocidad habrá que adecuarla a las condiciones y velocidad del carril, recordando que no podrá ser superior a los 45 km/h. No obstante, los conductores de bicicletas podrán superar dicha velocidad máxima en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía permitan desarrollar una velocidad superior.
  • La utilización del casco es únicamente obligatorio en tramos interurbanos, salvo en el caso de los menores de 16 años que, resulta obligatorio en todo caso, independientemente de la vía.
  • Los adelantamientos, al igual que el resto de conductores, deberán realizarse por la izquierda.
  • Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor:
    1. Cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.
    2. Cuando para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades.
    3. Cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta.

En los demás casos serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos.

  • Del mismo modo que el resto de conductores no profesionales, la tasa de alcohol máxima permitida es de 0,5 g/l de alcohol en sangre o 0,25 mg/l de alcohol en aire aspirado.
  • Importante hacernos ver por la noche, colocando luces de posición delantera y trasera, catadrióptico trasero y, podrán disponer de catadriópticos en los radios de las ruedas y en los pedales. Igualmente, cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, los conductores de bicicletas debemos llevar colocada alguna prenda reflectante que permita a los conductores y demás usuarios distinguirlos a una distancia de 150 metros, si circulamos por vía interurbana.
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