Opinion legálitas: RECLAMACION SEGURO VIDA

Nos devolvieron todas las cuotas de un seguro de vida que no cubrí a mi padre.

Mi padre está jubilado y se encuentra en los últimos años de su vida, pues tiene ya 73 años. Con la edad le han surgido problemas de movilidad reducida, con lo que viviendo solo (mi madre ya ha fallecido), era necesario que la casa de mis padres se adaptara a su estado de salud.

Entre todos los hermanos que le visitamos habitualmente, hicimos una búsqueda de una empresa de reformas para adecuar la casa en la que nos habíamos criado. Esto incluía reformas en el baño, instalación de algunos pasamanos, rampa de entrada, ampliación de paso de puertas, etc. El presupuesto subía más de 3000 euros.

Mi padre, todavía cabal y capaz de valerse por sí mismo, a pesar de sus problemas de movilidad, no quiso como alternativa ir a una residencia. Así que afrontamos la obra pidiendo un préstamo a su nombre.

Sin embargo al contratar el préstamo, en el banco incluían una clausula de seguro de vida. Un seguro de amortización para que en el caso de fallecimiento, este seguro abonara las cuotas. Nos pareció lógico ya que este préstamo se pagaría con la pensión de mi padre (además de los aportes de todos los hermanos).

Cuando ya habían comenzado la obra y todo iba sobre ruedas, revisando los papeles en casa, nos dimos cuenta de un error en la clausula del seguro de vida del contrato del préstamo. Decía literalmente que el seguro de vida "finalizará en la anualidad en que el asegurado cumpla 72 años".

Así pues nos habían obligado a contratar un seguro de vida, junto con el préstamo, que no tenía validez. Además este seguro de vida, hacia que la cuota mensual del préstamo subiera sensiblemente.

Nos reunimos de nuevo con el director de la sucursal bancaria y nos comento que todo se debía a un error, que lo revisarían y se redactaría un nuevo contrato con este texto cambiado, pero manteniendo las mismas condiciones. Nos fuimos de la sucursal, algo más tranquilos, pero sin ver una solución clara al problema.

Pasaron los meses y con el ajetreo diario, el asunto no tuvo la debida atención. El banco no cancelaba el seguro de vida, y las cuotas seguían siendo las mismas. Volvimos al banco y el director de la sucursal había cambiado. Nos escuchaban, todo con muy buenas palabras. Pero llegaba el siguiente mes, y la cuota era la misma. Y no sabíamos si el seguro realmente era efectiva o no. Las obras hacía tiempo que habían terminado, y mi padre estaba de nuevo en casa disfrutando de mayor calidad de vida gracias a las adaptaciones hechas en la estructura de la vivienda.

Finalmente decidimos acudir a Legálitas a través del servicio de protección familiar. La abogada que nos atención inicio un proceso de reclamación ante la entidad bancaria. Primero envió un escrito a la sucursal. Como no atendían a razones, remitió otro escrito al defensor del cliente de dicha entidad bancaria. Y finalmente al Banco de España, quien nos remitió a la dirección general de seguros. Nuestra abogada de Legálitas tuvo paciencia y tesón para ir escalando paso a paso en toda la estructura del banco hasta dar con quien nos pudiera solucionar el la incorrecta clausula del seguro de vida en el préstamo de mi padre.

Finalmente el banco, obligado por la dirección general de seguros, eliminó la obligación de tener que contratar un seguro de vida junto con el préstamo, por considerar que el seguro no cubría a mi padre por estar fuera del límite de edad. Así que nos devolvieron parte de las cuotas que correspondían proporcionalmente a la parte del seguro.

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