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Laboral
“Unas compañeras están haciendo la vida imposible a mi hija en el trabajo, están perjudicándola hasta el punto que las jefas han decidido trasladarla de centro.
Ella ha estado 2 meses de baja por depresión, por el reciente fallecimiento de su padre, y se volvió a incorporar al trabajo la semana pasada.
Quiero saber cuales son mis derechos ante esta situación y me gustaría conocer si debo ir a juicio”.
En primer lugar, es necesario aclarar que el “Mobbing” es una situación en la que un grupo de personas ejercen una violencia psicológica extrema, de forma sistemática, durante un tiempo prolongado, sobre otra persona en el lugar de trabajo. Es decir, un “acoso moral” u “hostigamiento psicológico en el trabajo”.
Legálitas adquiere respecto de este caso particular una doble responsabilidad, jurídico y psicológica, velando para que, desde la primera toma de contacto, sea viable recabar la prueba necesaria a través de cualquiera de los medios admitidos por el derecho, sea confesión, documentos, testigos, peritos, etc., ya que la denuncia del acoso requiere un respaldo que pruebe la existencia del comportamiento lesivo, así como la producción de un daño. Tampoco hay pruebas escritas normalmente, por ello, para poder probar la existencia de una situación de acoso en el trabajo, es imprescindible ante todo reunir documentos o informes médicos. Resulta vital la localización testigos que se manifiesten dispuestos a apoyar nuestra postura.
Nuestra dilatada experiencia en este tipo de casos y, analizada la jurisprudencia más reciente, nos ha permitido confirmar que el procedimiento más efectivo se iniciaría mediante la interposición de un escrito participando a la dirección de la empresa procurando una relación de los hechos, pues la conducta hostil hacia el trabajador en el ámbito laboral, contraviene el derecho a la dignidad del trabajador reconocido por el Estatuto de los Trabajadores y está prohibido por la ley. Por ello, el empresario debe tomar las medidas oportunas de vigilancia y control para que estas situaciones no concurran en el ámbito de la empresa.
Legálitas velaría por la seguridad de su hija, hasta resolver al máximo posible la situación de lesión de sus derechos.
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